Roberto Dambrosi, Jorge Bano, Eduardo Ascheri, Luis Firpo y Marcelo Cinto Courteaux fueron condenados a prisión perpetua por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº4 de San Martín. A pedido de la defensa, el veredicto sobre el acusado Jorge Apa fue suspendido por diez días hasta establecerse si está en condiciones de comprender por qué se lo juzga.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº4 de San Martín condenó ayer a prisión perpetua a cinco militares de inteligencia por los delitos de privación ilegal de la libertad, tormentos y homicidios cometidos en 1979 y 1980 contra 94 militantes de Montoneros durante la denominada «Contraofensiva», tal como se conoció a la reorganización en el exterior de los y las militantes que regresaron al país en esos años para realizar actos de resistencia a la dictadura. Las penas coincidieron con las requeridas por la auxiliar fiscal Gabriela Sosti.
La audiencia comenzó pasadas las 9.30 de la mañana con la resolución sobre la suspensión del proceso a Jorge Apa, cuyo defensor solicitó el apartamiento del proceso porque, según un certificado médico que adjuntó, no se encontraba en condiciones psíquicas para comparecer a decir sus últimas palabras ni para comprender por qué se lo juzga. El tribunal decidió suspender el proceso a su respecto por diez días y convocar a una junta médica.
Luego el TOCF convocó a los acusados a pronunciar sus palabras finales. Por la tarde, tal como estaba previsto, el juicio culminó con la lectura del veredicto. El tribunal condenó a prisión perpetua a cinco miembros de la inteligencia castrense al momento de los hechos: el ex jefe de la Compañía de Actividades Psicológicas del Batallón 601 de Inteligencia, Roberto Dambrosi; los integrantes de la Sección Operaciones Especiales (SOE) de la guarnición de Campo de Mayo, Jorge Bano y Eduardo Ascheri; el ex jefe de la Central Contrainteligencia y jefe de la División Seguridad del Batallón de Inteligencia 601, Luis Firpo; y el ex jefe de Actividades Especiales de Inteligencia y Contrainteligencia del Destacamento de Inteligencia 201, Marcelo Cinto Courteaux.
Los jueces Esteban Rodríguez Eggers, María Claudia Morgese Martín y Matías Alejandro Mancini declararon que los hechos juzgados “constituyeron delitos de lesa humanidad” y revocaron las prisiones domiciliarias de Dambrosi, Ascheri y Bano –previo chequeo médico- para que cumplan con la sentencia en el ámbito del Servicio Penitenciario Federal. Firpo y Courteaux ya se encuentra detenidos en cárceles.
El juicio, que comenzó el 9 de abril de 2019, se extendió durante dos años y dos meses, y más de la mitad de ese tiempo tramitó de forma virtual debido a las medidas de sanitarias preventivas por la pandemia de COVID-19.
Condenas
El veredicto fue leído durante más de media hora por el presidente del tribunal Esteban Eggers y llegó a ser visto por más de 1200 usuarios a través del canal de YouTube del medio de comunicación La Retaguardia.
Eggers leyó los treinta puntos dispositivos y en el comienzo anticipó que los fundamentos serán dados a conocer el próximo 10 de agosto. A medida que avanzó en la lectura, enumeró los hechos y estableció las calificaciones por las que fueron condenados los ex militares. El siguiente es el detalle de las penas impuestas:
- Dambrosi fue condenado como coautor penalmente responsable de los delitos de homicidio con alevosía en 78 hechos y por privación ilegal de la libertad agravada y aplicación de tormentos agravados en 88 oportunidades.
- Ascheri fue condenado como coautor responsable en 28 hechos de homicidio con alevosía y en 33 casos por privación ilegal agravada y tormentos agravados.
- Bano fue sentenciado como coautor penalmente responsable de los delitos de homicidio con alevosía en 73 casos y por 83 hechos por privación ilegal de la libertad agravada y por aplicación de tormentos agravados.
- Firpo fue considerado coautor de los delitos de homicidio con alevosía en 40 casos y privación ilegal de la libertad agravada y aplicación de tormentos agravados en 42 oportunidades.
- Courtaux fue condenado como coautor penalmente responsable de los delitos de homicidio con alevosía en 77 hechos y por privación ilegal de la libertad agravada y aplicación de tormentos agravados en 84 casos.
Suspensión por diez días
En el comienzo de la jornada el tribunal tuvo que decidir sobre la presentación realizada este miércoles por el defensor del ex jefe de la División Inteligencia “Subversiva Terrorista”, dependiente la Jefatura II de Inteligencia del Estado Mayor General del Ejército, Jorge Apa. El letrado solicitó la suspensión del proceso por incapacidad sobreviniente y fundó la petición en una evaluación psiquiátrica privada realizada en el inicio de esta semana, cuyo informe indica el estado de incapacidad mental del acusado.
Al momento de dictaminar, la auxiliar fiscal Sosti sostuvo que el planteo obstruía el desarrollo del debate y que debía ser descartado “por improcedente, extemporáneo y por manifiestamente de mala fe”. A su vez, cuestionó los términos del informe médico y solicitó un estudio minucioso con los profesionales del Cuerpo Médico Forense y con los peritos de parte del MPF, para que se determine el estado de salud mental del imputado. Las querellas también rechazaron el pedido de la defensa.
Finalmente, el TOF consideró que “más allá que puede considerarse intempestivo, la realidad es que conforme al Código Procesal estamos dentro del debate y sin esas últimas palabras no se puede llevar adelante el veredicto del imputado”. De esta forma, el tribunal decidió que se continúe durante la jornada con el proceso para los otros cinco acusados y abrió un periodo de diez días para que una junta médica analice el estado de salud mental de Apa