El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) informa que a través de la Resolución 369/2020 autorizó la operatoria de pago por medio del código QR en Estaciones de Carga de GNC. Este esquema permitirá mejorar el servicio de atención y minimizar los riesgos en las expendedoras a instancias de la actual situación sanitaria dada por del COVID-19.
Para implementar el nuevo medio de cobro, se deberán respetar las distancias mínimas de seguridad o estar situado en zonas seguras de la playa que sean adecuadas y que garanticen la protección, tanto de usuarios como de empleados teniendo en cuenta especialmente que la reglamentación establece que «los Recintos de Compresión y Almacenamiento y los Surtidores de GNC deben distanciarse como mínimo a 5 metros de Fuegos Abiertos» (Norma NAG-418 sustituida en lo pertinente por la Resolución ENARGAS N° I/281-2008 – Art. 3).
De esta manera, serán las Estaciones de Carga de GNC las que deberán dar estricto cumplimiento a las medidas de seguridad expuestas en los considerandos de la Resolución, debiendo las Licenciatarias del área del Servicio controlar los aspectos de seguridad conforme a las disposiciones del ANEXO XXVII del Contrato de Transferencia correspondiente, como así también de las restantes normas de aplicación y aquellas emitidas por esta Autoridad regulatoria en la materia.
Cabe destacar que la utilización de dispositivos móviles por parte del ENARGAS comenzó originalmente hace dos años, a partir de la Aplicación «Oblea & GNV». Dicha App destinada a usuarias y usuarios, Estaciones de Carga, playeros y público en general, tuvo por objetivo garantizar un uso seguro del Gas Natural Vehicular y modernizar los mecanismos de control para acceder en tiempo real y de manera ágil y sencilla a los datos asociados a la oblea de GNV adherida al parabrisas y conocer así, el estado de la instalación de GNC registrada en ese vehículo. Esta Aplicación permite además, efectuar la consulta de la Oblea en cuestión, mediante la lectura del código QR identificatorio, incluido en ella, permitiendo saber si la certificación se encuentra vigente y en condiciones óptimas para la carga de GNC del vehículo, garantizando así una circulación segura.
A su vez, la reciente Resolución especifica que de verificarse el cumplimiento de las medidas de seguridad expuestas, no existe impedimento para instrumentar en las Estaciones de Carga de GNC la operatoria de pago QR para el cobro del servicio.
Por último, la Resolución establece que serán las Licenciatarias respectivas del área las que deberán poner en conocimiento de la presente a las Estaciones de Carga de GNC correspondientes a su área licenciada.