Esta semana, el Concejo Deliberante dio luz verde a un proyecto de ordenanza girado desde el Ejecutivo municipal, a los efectos de regular el ingreso al partido de Junín de ciudadanos que provengan de zonas consideradas de transmisión comunitaria del Covid-19.
En la misma, también se contemplan un esquema sancionatorio, con duras multas administrativas (que van desde los 10 mil a los 100 mil pesos) para casos de incumplimiento de esta ordenanza, ideada desde la Subsecretaría Legal y Técnica que comanda Lisandro Benito. Estas sanciones podrán reducirse a un apercibimiento en el caso de no contarse con antecedentes, o el cumplimiento de tareas comunitarias en el caso de la situación económica del infractor.
En este marco, el artículo 7 dice textualmente: “El incumplimiento a lo establecido en la presente Ordenanza, que no configurará sanción penal, dará lugar a la aplicación de multas administrativas que se fijarán entre uno (1) y diez (10) módulos. En dichos términos, instruida y pendiente la causa criminal no podrá dictarse resolución sancionatoria en sede administrativa.
El Departamento Ejecutivo remitirá las actuaciones pertinentes a la Justicia Federal a fin de promover las acciones penales correspondientes.
Los fondos provenientes de la aplicación de las sanciones que por el presente se establecen, serán destinados a solventar los gastos derivados de la Emergencia Sanitaria producida por el Covid-19”.
La normativa
Esta ordenanza, a la vez, establece que “toda persona no residente proveniente de zonas definidas como de transmisión comunitaria de Covid-19, que desarrolle actividades consideradas esenciales y posea certificado único habilitante de circulación vigente de conformidad con Resolución del Ministerio del Interior de la Nación Nº 48/20, podrá ingresar a la ciudad de Junín y/o localidades del partido dentro del horario estipulado por el Departamento Ejecutivo para el desarrollo de la actividad o servicio que se trate, no pudiendo permanecer más allá del tiempo que su tarea demande”.
Para ello deberá completar previamente y sin excepción, el Formulario de Declaración Jurada que al efecto determine el Departamento Ejecutivo Municipal.
Además, en caso que por alguna circunstancia deba permanecer en la ciudad de Junín y/o localidades del partido por más tiempo deberá dar inmediato aviso a las autoridades para cumplir con el respectivo protocolo de seguridad sanitaria.
Estas personas que ingresen al distrito “deberán abstenerse de concurrir a locales comerciales y/o gastronómicos y de realizar actividades de esparcimiento, culturales, deportivas, religiosas y/o sociales”. Para esto, se los hará completar un acta de compromiso social y formulario de declaración jurada.
Aislamiento
Los que ingresen y no sean considerados personal de actividades esenciales, deberán cumplir obligatoriamente y sin excepciones, un aislamiento absoluto por 14 días, tiempo en el que deberán:
• Permanecer en su domicilio.
• No recibir visitas.
• No tener contacto estrecho con otras personas.
• No compartir utensilios de cocina, ingestas, ni elementos de aseo.
• Lavarse las manos con agua y jabón o alcohol en gel periódicamente.
• Al toser o estornudar, cubrirse la nariz y la boca con el pliegue interno del codo o usar pañuelo descartable.
• Ventilar los ambientes.
Uso de tapabocas
Por otra parte, en esta ordenanza también se estipula el uso obligatorio de tapabocas, en las siguientes circunstancias:
a) Locales comerciales o establecimientos autorizados a funcionar.
b) Dependencias de atención al público.
c) Caminando o por medios de transporte público de pasajeros, cualesquiera fueran estos.
d) Vehículos, m(Diario Junin)otos, motocicletas, ciclomotores, bicicletas y/o cualquier otro medio mecánico, eléctrico y/o electromecánico de transporte, y
e) Las vías, espacios y/o entornos públicos y/o inmuebles del dominio privado con acceso público”.