Luego de que el gobierno bonaerense realizara consultas y validación de las excepciones de manera conjunta en los 135 municipios, la gestión de Kicillof optó por flexibilizar la cuarentena en 28 municipios, con algunas actividades.
A partir de la Decisión Administrativa 524/2020 adoptada por la Jefatura de Gabinete de Ministros (JGM) de la Nación, por la cual se exceptúa a determinadas ASPO, se analizaron 537 solicitudes de actividades y servicios a ser exceptuados de 75 municipios.
Sin embargo, los municipios a los que se le dio luz verde son Adolfo Alsina, Alberti, Avellaneda, Balcarce, Chivilcoy, Coronel Rosales, Exaltación de la Cruz, General Belgrano, General Las Heras, La Plata, Laprida, Lobos, Lomas de Zamora, Maipú, Mercedes, Morón, Necochea, Olavarría, Ramallo, Saavedra, Salliqueló, San Antonio de Areco, San Isidro, San Pedro, San Andrés de Giles, Suipacha, Tapalqué y Villa Gesell.
Fue así que esta tarde desde gobernación confirmaron la decisión de exceptuar del ASPO a las siguientes actividades y servicios que se listan a continuación para cada uno de los municipios que hicieron una presentación apropiada de los distintos protocolos sanitarios y de funcionamiento:
Las actividades que autorizó el gobierno provincial son:
1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
2. Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.
3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.
4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio.
5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
7. Ópticas, con sistema de turno previo.
8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.
9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género(Primereando Las Noticias)