La formación médica y la salud de la población La Federación Médica de la provincia de Buenos Aires (FEMEBA), expresa que para ejercer la profesión médica en nuestro país, resulta requisito indispensable e ineludible, la habilitación o revalidación previa de títulos por los organismos competentes.
En el caso de la provincia de Buenos Aires, el respeto por las atribuciones constitucionales que le son otorgadas exclusivamente al Colegio de Médicos por la Ley 5413/58. No hacerlo de esa manera significaría poner en grave riesgo la salud de la población asistida por personal con capacitación incierta, e implicaría un acto de discriminación entre estos pacientes y los asistidos por médicos con formación acorde.