Una sanción multitudinaria fue la que aplicó en la noche del lunes el Tribunal de Penas de la Liga de Fútbol de Rojas, que suspendió en forma provisoria a 15 jugadores y 2 integrantes del cuerpo técnico indica el PORTAL DE ROJAS.
El hecho ocurrió en el final del encuentro entre Jorge Newbery y Carabelas, en el cual se produjo una gresca generalizada de gran magnitud que derivó en la casi inédita, por no decir única, determinación del Tribunal en cuanto a cantidad de suspendidos.
Es de destacar que el HTP dispuso una sanción de caracter provisional, hasta tanto reciba la ratificación y/o ampliación del informe del árbitro, como así también otros descargos que podrían derivar en la suspensión del estadio.
El texto de la determinación del Tribunal liguista es este:
SUSPENDER PROVISIONALMENTE A LOS SIGUIENTES JUGADORES Y PERSONAL TECNICO DEL CLUB CARABELAS SOCIAL Y DEPORTIVO (Art. 22° del Reglamento de Transgresiones y Penas: JUGADORES: CASTELLI Pablo (36.868.293), CERMINARA Mariano (33.595.067), FERNANDEZ Fabián (28.499.742), QUINTEROS Martín (34.995.051), BARRERA Juan (33.797.693), BARRERA Gonzalo (33.122.801), DERROSI Matías (32.616.336), LOPEZ Eulalio (95.022.203). CUERPO TECNICO: CANO Juan M. (26.109.222), UBINO Norberto (23.162.482). Se los emplaza para que tomen conocimiento de las actuaciones obteniendo copia del informe por Secretaria de la Liga Deportiva de Fútbol de Rojas y formulen su defensa por escrito y en forma individual, el que deberá ser presentado antes de las 20.00 horas, del día 06 de Mayo de 2019.- (Art. 8° del R. T. y Penas).-
SUSPENDER PROVISIONALMENTE A LOS SIGUIENTES JUGADORES DEL CLUB ATLETICO J. NEWBERY (Art. 22° del Reglamento de Transgresiones y Penas): BECARIA Diego (37.254.859), ROCA Guillermo (23.153.179), VARGAS Fernando (36.777.515), TROTTA Germán (41.724.734), ORONA Luciano (40.016.883), PALMIERI Alan (37.980.308), CHAVES Renso (34.125.569). Se los emplaza para que tomen conocimiento de las actuaciones obteniendo copia del informe por Secretaría de la Liga Deportiva de Fútbol de Rojas y formulen su defensa por escrito y en forma individual, el que deberá ser presentado antes de las 20.00 horas, del día 06 de Mayo de 2019. (Art. 8° del R. T. y Penas).-
Emplazar al Club Atlético J. Newbery para que tome conocimiento de las actuaciones obteniendo copia del informe por Secretaría de la Liga Deportiva de Fútbol de Rojas y formular su defensa por escrito, la que deberá presentar antes de las 20.00 horas, del día 06 de Mayo de 2019.
Solicitar al árbitro del encuentro de referencia Sr. CAMPANARI Claudio que: RATIFIQUE, RECTIFIQUE Y/O AMPLIE el informe presentado el día lunes 29 de Abril de 2019.-