Los municipios bonaerenses están a las puertas de dar una batalla legal que puede signar de manera definitiva su sustentabilidad y abrir de una vez el debate por su autonomía plena. En menos de un mes, se presentarán ante la Corte Suprema de la Nación para defender el cobro de la Tasa de Inspección por Seguridad e Higiene, una de sus mayores fuentes de ingresos.
La historia es vieja y acumula una enormidad de capítulos bajo la misma carátula: “ESSO Petrolera Argentina S.R.L. c/ Municipalidad de Quilmes s/ acción contencioso administrativa”, surgida en el año 2002. Por entonces, la empresa petrolera Esso demandó a la municipalidad de Quilmes al considerar que se excedía en sus facultades al pretender cobrarle la tasa tomando en cuenta la base imponible los ingresos brutos que declaraba ante la Provincia.
Esso planteó la inconstitucionalidad del Convenio Multilateral, que organiza el mapa impositivo del país, y que aseguró que sólo se debería habilitar a demandar el pago en relación directa con los locales habilitados dentro de la jurisdicción. Por eso demandó que Quilmes utilice esa base imponible y devuelva lo que había percibido ilegalmente en los últimos 5 años.
La Comuna respondió a la demanda subrayando la letra del tercer párrafo del artículo 35 del Convenio, donde se lee claramente que las jurisdicciones “podrán gravar en conjunto el ciento por ciento (100%) del monto imponible atribuible al Fisco provincial”. Con ese argumento llegó hasta la Suprema Corte bonaerense y obtuvo un fallo favorable. Así evitó que se sentara un precedente negativo que arrastraría irremediablemente a todas las comunas bonaerenses.
El problema es que Esso, mediante un recurso de queja, logró la intervención de la Corte Suprema de la Nación, en un caso análogo al que planteó en su momento Farmacity para violentar las leyes bonaerenses y garantizar su ingreso al mercado más grande del país. El Máximo Tribunal tomó cartas en el asunto y convocó a una audiencia para el 29 de mayo. Quilmes no encarará el proceso en soledad: más de 40 municipios, de todos los signos políticos, se presentaron bajo la figura de “amicus curiae”.
Verdaderos pesos pesados de Cambiemos –como Jorge Macri, Gustavo Posse y Néstor Grindetti-, y del PJ –como Martín Insaurralde, Alberto Descalzo, Juan Zabaleta y Mariano Cascallares-, se anotaron para defender el derecho a cobrar una tasa que puede llegar a representar un tercio de los ingresos anuales de algunos distritos. Otros, donde se radican grandes emprendimientos fabriles, refinerías y puertos, perderían todavía más.
Lo que está en juego no es poco: se trata de un debate que abarca la sustentabilidad del sistema municipal tal como lo conocemos pero que tiene de fondo la más amplia y profunda discusión respecto de la autonomía municipal, consagrada en la Constitución Nacional pero nunca formulada por la carta magna bonaerense. Sin ir más lejos, así lo planteó el Centro de Información Judicial, órgano de prensa oficial de la Corte: «La Corte Suprema convoca a audiencia pública en una causa en la que se debate la autonomía de los municipios para establecer tasas», tituló.
En términos estrictamente económicos, se habla de una demanda que ronda los 15 mil millones de pesos.
Quienes siguen el proceso de cerca estiman que puede haber tres resultados: uno favorable a la empresa, otro que beneficia a las comunas y un tercero, salomónico, que sólo hundiría a Quilmes.
El primero resultaría de que los Supremos consideren que no hay razón para que los municipios perciban en concepto de una tasa, que por definición requiere una contraprestación directa, el proporcional a lo que factura una empresa incluso más allá de sus fronteras territoriales. Como se asentaría un nuevo principio jurídico, Quilmes y todos los municipios deberían adecuar el cobro, además de devolver los últimos 5 años de tributos malhabidos.
El segundo correría si el Tribunal decide que los municipios tienen razón, porque su planteo se ajusta a lo que permite la ley vigente. Si ocurre habrá abrazo de gol entre alcaldes, sin importar el color de sus camisetas. Una variante es que la Corte considere que no se trata de una cuestión Federal y que excede a sus propias competencias, pero el hecho de que haya convocado a una audiencia reduce notablemente las chances de que ocurra.
La tercera posibilidad es que la Corte se haga eco de una modificación de la Ley Orgánica de las Municipalidades que se implementó en 2012, y que reconoció como fuente de recursos a la “Inscripción e inspección de seguridad, salubridad e higiene en establecimientos u oficinas, en los que se desarrolle actividades comerciales, industriales, servicios, científicas y toda otra actividad, cuando exista local, establecimiento y/u oficina habilitado o susceptible de ser habilitado, situado dentro del ejido del Municipio”.
La Corte puede considerar que desde 2012 en adelante el cobro fue legal, pero que desde 2012 para atrás no. Con lo cual complicaría únicamente a Quilmes, que fue demandado oportunamente, y “salvaría” al resto de los municipios porque transcurridos más de cinco años las acciones habrían prescripto. Claro que el daño a las arcas de la comuna que conduce Martiniano Molina sería catastrófico.
La buena noticia para los intendentes es que el presidente del tribunal, Carlos Rosenkrantz, que tiene un perfil defensor del libre mercado y ha sido abogado de grandes empresas nacionales y multinacionales, se excusó de intervenir. La decisión queda en manos de los ministros Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, que tienen un perfil más político.(INFOBAE)