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22/04/2004 |
Operativos en Rutas La AFIP revisa transporte de carga El Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, a través de la Dirección General de Seguridad Vial, está llevando a cabo controles en rutas a vehículos de transporte de cargas, en los que se inspecciona documentación de mercaderías y/o bienes transportados. |
El comisario Eduardo Gennaro, jefe de la Delegación Zonal VIII Junín-Pergamino, informó que durante la semana se realizan distintos operativos sorpresa en los que se solicitan, junto con la Dirección General de Rentas de la Provincia, Delegación Mercedes, distintos requisitos que el transporte de cargas debe tener, como carta de porte (vigencia y autenticidad); se controla el peso con los órganos que Vialidad Provincial o Nacional designen; los seguros de responsabilidad, y de responsabilidad civil de la carga y cédula de identificación del automotor con la habilitación correspondiente de la autoridad competente (Rnpa). Según trascendió, La AFIP se encontró “productores rurales” que se domiciliaban en villas o eran simples empleados. Las tareas Las tareas específicas preventivas directas buscan prevenir la modalidad de piratas del asfalto en controles, en los cuales se hace difícil contar con los servicios de la Afip y que se hallan relacionados directamente a la carga (en negro) que se transporta en rutas de esta Provincia. También se busca evaluar los resultados que se obtengan de dichos operativos, en el mejoramiento de la faz preventiva con incidencia en los delitos de tránsito. Quien transporta maquinaria agrícola desde un campo a otro por la ruta debe ser consciente de los riesgos que ello implica. Mientras que la industria aumentó el ancho de trabajo de los equipos de 3,20 a 3,80 ó 4 metros, y los automóviles alcanzan cada vez mayores velocidades, la infraestructura vial no se ha renovado en igual medida. Esto supone un peligro a la hora de movilizar equipos. Existe una reglamentación para la circulación de maquinaria elaborada por la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) que se puede consultar en www.vialidad.gov.ar, que estipula los aspectos referidos a horarios permitidos, dimensiones de los trenes de equipos, velocidad, señalamientos y autorizaciones. La reglamentación suministrada por la Delegación Zonal VIII Junín-Pergamino de la Dirección General de Seguridad Vial, establece que la circulación se debe realizar exclusivamente durante las horas de luz solar, desde la hora «sol sale» hasta la hora «sol pone», y que cada tren deberá circular a no menos de 200 metros de otro para permitir el sobrepaso de vehículos más ligeros. Se prohíbe circular con maquinaria los días de lluvia, neblina, niebla o cualquier fenómeno que disminuya la visibilidad. No se permite estacionar sobre la calzada ni sobre la banquina, ni circular por el centro de la ruta. En los requisitos para los equipos, se menciona que deben ser desmontadas todas las partes fácilmente removibles, tratando de disminuir al mínimo posible el ancho de la maquinaria. La unidad tractora deberá tener freno capaz de hacer detener el tren a una distancia no superior a 30 metros. La velocidad mínima debe ser de 20 kilómetros por hora. En cuanto al señalamiento, el tractor debe contar con luces y con una baliza intermitente visible desde atrás y desde adelante. Se deben colocar banderas de colores blanco y rojo a rayas en los laterales del tren. En la parte posterior del último acoplado debe colocarse un cartel con la siguiente leyenda: «Precaución de sobrepaso-ancho... metros, largo... metros» (incluyendo las medidas respectivas). Sobre las dimensiones, las normas establecen un ancho máximo de 3,50 metros para esta modalidad de transporte. Se establece un largo máximo de 25,50 metros para cada tren y una altura máxima de 4,20 metros. La maquinaria agrícola debe cumplir con las normas respectivas en cuanto a pesos por eje. Los permisos de circulación se tramitan en la oficina de Vialidad Nacional correspondiente a cada distrito y tienen una validez de seis meses, que debe coincidir con la vigencia del seguro de responsabilidad civil de cada uno de los elementos que compongan el tren agrícola, los que se contratarán por el monto máximo que establezca la Superintendencia de Seguros de la Nación. Maquinaria agrícola La maquinaria agrícola comprendida entre 3,50 y 4,30 metros de ancho deberá ser transportada en carretón, debiendo contar con un permiso especial de la autoridad vial competente. La maquinaria que supere los 4,30 metros de ancho será considerada carga de dimensiones excepcionales y deberá cumplir otras condiciones de seguridad conocidas por las empresas de transporte. Sin perjuicio de la existencia de estas normas, cualquiera que transite una ruta de una zona agrícola notará que muchos contratistas y pools de siembra desconocen esta reglamentación. Una opción para no cometer infracciones sería recurrir a una empresa dedicada al transporte de maquinaria que provea camiones aptos para este servicio. Las tarifas de esta prestación no están reguladas y no existe una tabla de referencia. Dependen de la distancia por recorrer, de las medidas excedidas (especialmente el ancho de la maquinaria por transportar), de la necesidad o no de autoguía, etcétera; la oferta y demanda del mercado también juegan un papel importante en la fijación de los valores. Para tomar como referencia, se puede considerar un valor orientativo de 4 pesos por kilómetro recorrido, lo que representa aproximadamente el doble de un camión jaula para el transporte de hacienda. En este caso, la empresa se ocupa de obtener los permisos necesarios para transitar las rutas, así como de los seguros. Será cuestión de evaluar los riesgos y los tiempos que implica hacer rodar las máquinas por sí mismas frente al costo de contratar el servicio. |