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04/04/2004 |
Colón y Pergamino Dura advertencia del Colegio de Abogados sobre prácticas incompatibles con la profesión Asimismo indica que hará funcionar el sistema de controles que le corresponde con los matriculados que infrinjan las leyes que regulan el ejercicio de la abogacía |
El consejo directivo del Colegio de Abogados, hizo una dura advertencia sobre prácticas incompatibles con la profesión, a raíz de haber detectado una serie de faltas a la práctica de la abogacía y anuncia que habrá de tomar las medidas que correspondan, en función de ejercer la tarea de control profesional para la que está habilitado. Dice el Colegio: "Por imperio del artículo 19 inciso 1 de la Ley provincial 5.177, corresponde a los colegios de Abogados departamentales el gobierno de la matrícula de abogados y procuradores, en el Departamento Judicial donde tenga su sede. En nuestra ciudad y en la ciudad de Colón, este control está en cabeza del Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Pergamino, con sede en Rivadavia 328 que nació junto con la creación del Departamento. "El 'gobierno de la matrícula' es un complejo normativo, que incluye entre otros principios fundamentales: a) la necesaria inscripción de los abogados en los colegios como condición para ejercer la profesión en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, b) la oposición al ejercicio ilegal de la profesión de abogado o procurador c) la facultad disciplinaria sobre los matriculados que infrinjan las leyes que regulan el ejercicio profesional y las normas de ética profesional, obligatorias para los matriculados. A este último ítem nos referimos en esta ocasión, con el propósito de advertir a la comunidad en general sobre prácticas que se vienen llevando adelante en diversos ámbitos, con la participación activa u omisiva de matriculados, que contrarían los principios básicos sobre los que se cimenta el ejercicio de la profesión de abogado. "Siendo que por otra parte, está dentro de las obligaciones del Colegio, como un ente de derecho público no estatal, insertado en la comunidad, la de hacer conocer las reglas básicas de la relación cliente-abogado, desde su inicio, la elección del profesional que va a llevar adelante el caso. "En un ámbito, como el Hospital San José de Pergamino, donde prima el dolor por la inminente pérdida de un ser querido o el accidente que truncó las posibilidades de desarrollo mental o físico de una persona, operan en forma directa profesionales del derecho, que invocando representación del nosocomio, van recorriendo el Hospital 'visitando camas' o 'persiguiendo ambulancias', procurándose de esa forma clientela. Otros operan en forma indirecta, a través de interpósitas personas con acceso directo a la víctima, que con artilugios o promesas de falsas e inexistentes influencias o especialización, se ganan la confianza de los damnificados por accidentes, captándolos en detrimento de la libertad de elección de su abogado de confianza. En una entrevista mantenida con el director del Hospital, doctor Esteban Stepanian, en días pasados, le hemos hecho saber que este Colegio de Abogados estaba abocado y preocupado por el tema, ya que advertíamos conductas violatorias de varias normas de ética profesional, como las de 'procurarse clientela por medios incompatibles con la dignidad profesional' y 'requerir directamente o por terceras personas o intermediarios remunerados para obtener asuntos' (artículo 60 incisos 6 y 8 Ley 5.177). En dicha reunión se llegó a un entendimiento, en principio, de que la preocupación es compartida, que el Hospital también tiene problemas para recuperar sus gastos y que debe hacerse una campaña de concientización de la población. Este comunicado es una primera etapa. El Colegio ha sido autorizado a colocar carteles en los pabellones del Hospital, advirtiendo a las víctimas y sus familiares que tienen derecho a la libre elección del abogado que los represente en su reclamo por los daños y perjuicios sufridos, que el Hospital no tiene un servicio jurídico especializado en atender dichos reclamos, que no se dejen engañar con artilugios y mañas por quienes venden falsas influencias y que tienen hasta dos años desde la fecha del accidente para articular su demanda, entre otras cosas. También se arribó a un compromiso programático para efectuar acciones conjuntas entre Hospital y Colegio destinadas a asesorar a las víctimas y sus familiares sobre sus derechos y procurar la libre elección del profesional que lleve adelante su reclamo. La publicidad profesional se habrá de limitar a su nombre, dirección del estudio, títulos científicos, horario de atención al público, fuero, materia o asuntos a los que especialmente se dedique'. Desde los tiempos del 'corralito', hasta avisos que están siendo publicados actualmente, hemos visto que, en contravención con la clara norma transcripta, se ofrecen resultados cuando lo único que tenemos para ofrecer es trabajo en pos de la defensa de los derechos del cliente, se ofrecen recompensas o pagos extraordinarios, aprovechándose del estado de necesidad de la víctima o sus familiares para procurarse clientela, práctica profesional que se viene haciendo de modo desembozado, y no tanto, por algunos colegiados; conformación de un modo operativo de moderna concepción donde se entrega junto a la atención jurídica, una contención médica, notoriamente aliada al profesional y sumamente interesada, que pone en tela de juicio la virtud de la actuación profesional. Pareciera así que los estudios jurídicos se han convertido en la fuente del conflicto, en el fin en sí mismo de la controversia, cuando deben limitarse a ser el medio idóneo para acceder al reconocimiento de los derechos de los justiciables. "Que queremos dejar en claro que toda persona que se sienta afectada por algunos de los procedimientos descriptos en el presente comunicado, tiene las puertas abiertas del Colegio de Abogados para plantear su inquietud, donde será atendida con la reserva que la cuestión requiere.
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