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18/03/2004
Aprueban ley antialcohol

No excarcelación a los violadores


bebidas_gin1903 (9k image)Los violadores no podrán ser excarcelados y los que vendan alcohol tendrán penas de hasta 100 mil pesos.


El Senado bonaerense convirtió en ley el proyecto que impone severas restricciones a la venta de bebidas alcohólicas en la Provincia. La norma endurece las penas para los comerciantes que violen la prohibición de vender bebidas alcohólicas a menores en cualquier horario, llevando las clausuras de los locales de 90 a 180 días en su máxima penalización, y ampliando las multas de un tope de 50 mil a los 100 mil pesos.


Además, se crea un registro de habilitación de locales de venta de bebidas alcohólicas, por lo que sólo podrán comercializarlas quienes se inscriban especialmente para ello. Y se conceden mayores potestades a las comunas para controlar el cumplimiento de esas disposiciones y para aplicar las penas.


También se establecen sanciones a los distribuidores de bebidas alcohólicas que las vendan a comercios que no estén inscriptos en el registro creado, previéndose una multa máxima de medio millón de pesos.


Violadores


Después de varias modificaciones y con la negativa de la oposición, finalmente la Cámara de Diputados provincial convirtió en ley el proyecto que niega el beneficio de la excarcelación o de salidas anticipadas y laborales para los condenados por delitos sexuales.


La iniciativa, impulsada por el legislador Osvaldo Mércuri, había sido aprobada hace dos semanas por los diputados. No obstante, el Senado decidió hacerle algunos cambios, por lo que el proyecto volvió a entrar en la Cámara Baja y el jueves a última hora fue sancionado con modificaciones. La flamante ley cambió dos artículos del Código de Ejecución Penal y del Código Procesal de la Provincia.


Por un lado, modificó el artículo 100 del Código Penal para realizar una restricción de libertad más amplia a los acusados de delitos sexuales.


Originalmente, la norma establecía que no tendrían beneficios de excarcelación quienes estuvieran condenados por los delitos «contra la integridad sexual en sus formas agravadas». Ahora, la ley establece que no pueden gozar de los beneficios todos aquellos que cometieron delitos contra la integridad sexual, más allá de la gravedad.


Por otro lado, el otro cambio se introdujo en el artículo 171 del Código Procesal, que detalla casos especiales en los que también se niega la excarcelación, aunque en ese caso hubo varias discusiones antes de la aprobación.


En un primer momento, el proyecto de Mércuri proponía agregar los delitos contra la integridad sexual en sus formas agravadas. Pero la Comisión de Legislación General de la Cámara de Senadores agregó un detalle más y propuso denegar la excarcelación a los imputados de delitos «contra la integridad sexual en sus formas agravadas y en los casos en que la víctima fuera un menor de edad».


Además, también se agregó que «en los casos en que pudiera corresponder la excarcelación por aplicación del régimen general, el imputado de delitos contra la integridad sexual deberá evitar durante la tramitación del proceso el contacto con la víctima y el grupo familiar».


El tratamiento para endurecer el régimen para violadores se aceleró después del fallo de una sala de la Cámara de Apelaciones de San Isidro que permitió salidas transitorias a un violador que estaba condenado desde 1999.


Sin embargo, no todos dentro del recinto estuvieron de acuerdo con la aprobación. Tanto el radicalismo como el frepasista disidente Ricardo Vallarino no apoyaron la iniciativa y se mostraron en contra del proyecto.


La UCR aseguró que la flamante ley «viola principios elementales del Derecho» y aseguró que «no propone soluciones de fondo». El titular del bloque de diputados radicales, Marcelo Elías, aseguró que «las modificaciones de la ley de ejecución penal iguala delitos de menor entidad con delitos aberrantes como la violación».


«Los cambios al Código Procesal Penal incorpora una redundancia porque prohíbe las excarcelaciones de delitos que no son excarcelables por imperio del Código Penal de la Nación y deja vigente la posibilidad de la excarcelación extraordinaria para los violadores», señaló Elías.


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