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03/04/2003 |
Canales clandestinos Denuncias de productores en Colón El distrito Colón realizó exposiciones por canales clandestinos realizados en campos inundados. La cantidad de denuncias están en tercer lugar en toda la Provincia. |
En los últimos cinco meses la Autoridad del Agua, dependiente del ministerio de Obras Públicas, recibió 340 denuncias por canales clandestinos construidos en la provincia de Buenos Aires; el noroeste encabeza el número de reclamos, especialmente los distritos de Trenque Lauquen, Lincoln, General Villegas, Henderson, Leandro N. Alem y 9 de Julio. En sólo dos semanas, la Provincia debió cerrar por la fuerza cuatro canales. Voceros del organismo provincial, precisaron que además del noroeste, las otras zonas donde se detecta alto número de denuncias por cursos de agua irregulares, son las del centro de la Provincia: Tandil, Tapalqué, Olavarría y Azul, y en tercer lugar el norte, en ciudades como Pergamino, Arrecifes y Colón. En tal sentido se señaló que «un gran porcentaje de las obras que se denuncian han sido tapadas o destruidas por los mismos productores que las habían hecho, esto es a partir de la intimación de la autoridad del agua, los productores se presentan ante la misma diciendo que van a tapar el canal o destruir el terraplén motu propio, aunque en algunos casos tuvo que actuar la Provincia». Es que esos canales transportan agua a través de todo su ancho, lo que acelera el curso de la masa líquida respecto de lo que sería un escurrimiento natural. Y perjudica a otros campos, que ofician de receptores involuntarios del agua. El procedimiento En caso de que se constate la existencia de canalizaciones sin autorización, se debe formular la denuncia por escrito ante el distrito de Hidráulica más cercano, el cual deberá comprobar la existencia de la obra y remitir la información dentro de las 72 horas a la Dirección provincial de Saneamiento y Obras Hidráulicas. Si el propietario no presenta documentación que acredite que estaba facultado para realizar la obra, se procede a declarar su clandestinidad y se lo intima a que realice los trabajos necesarios para restituir las cosas a su estado natural o anterior en un plazo perentorio. En caso de que no las lleve adelante, los acciones serán ejecutadas por la Autoridad del Agua, a costa del propietario, pudiendo requerir para ello el auxilio de la fuerza pública. Además se debe pagar una multa que puede ascender hasta los 50 mil pesos. |