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05/12/2002 |
Uso de casco ¿Tiene las normas de seguridad? Colón Doce inició una profunda investigación sobre el casco y las condiciones de fabricación y si el mismo respeta las normas vigentes. |
El Estado debe dar al consumidor el marco legal por la cual cuando se compra un producto que podría ser alimentos o cualquier otro elemento de uso diario (cocina, heladera etc.) estén dadas las condiciones de seguridad para el uso del mismo. En este sentido, los alimentos (cualquiera sea) deben tener una fórmula magistral, el rotulo y el respectivo permiso provincial o nacional para su comercialización. Los fabricantes presentan ante la autoridad competente las formulas magistrales con los ingredientes y sus respectivos porcentajes. Esa receta debe respetarse en cada unidad que salga en la cadena de producción y si la autoridad competente detectara por medio de análisis que existe una adulteración le corresponderá al responsable una penalización con el decomiso de la mercadería. Colón Doce comenzó algunas averiguaciones sobre si los cascos que se comercializan en Colón vienen con las respectivas etiquetas de las normas de seguridad IRAM. En síntesis, si el elemento trajera el rótulo de estas normas de seguridad quiere decir que el producto fue probado debidamente y que el usuario cuenta con todas las seguridades que al surgir un accidente, el casco comprado responderá debidamente para las funciones de protección que debe cumplir y por lo cual fue adquirido. En una recorrida realizada por algunos comercios que venden cascos para motociclistas fuimos informados que los que tienen un valor de 35 pesos y que son fabricados en el país no cuentan con la respectiva etiqueta de seguridad para el consumidor ni la marca del fabricante. El propio vendedor se mostró contrario a su uso y además como es un motoquero experimentado dijo que podría en un accidente podría ser más perjudicial y al ser muy corto, y no cubrir algunas zonas vitales, una persona podría hasta desnucarse con una mal golpe. Los cascos de valores superiores y provenientes de Taiwán tampoco cumplirían con la normativa. Si una empresa sea privada o estatal (municipalidad etc) compran este tipo de cascos a sus empleados y en un accidente no responden por el material que fue construido o características de fabricación ¿Quién es el responsable ante el accionamiento legal del perjudicado?. Por otro lado, la propia municipalidad de Colón mediante parte de prensa difundido por todos los medios de comunicación locales recomendó a la población la adquisición de cascos en dos comercios del ramo y señalando que se compren cascos que por su valor de mercado no tienen las normas IRAM. En síntesis: el usuario del casco deberá saber con exactitud y si el mismo que compró o usa en el momento critico de protegerlo servirá o no a sus intereses. La tercer pata Los inspectores municipales son la cara visible de la Municipalidad, ante los visitantes y sus propios convecinos. La elección y preparación de los mismos debe ser un acto de mucha responsabilidad. Un inspector debe saber en la teoría y la aplicación toda la legislación vigente, pero además deben estar preparados para dar una solución a las distintas situaciones que seguramente les tocará vivir en el frente de batalla. Un organismo nacional que prestaba servicio en la esfera de economía fue el más eficiente en la preparación de sus inspectores. La carrera que se realizaba era similar a una de nivel terciarío. En total por año se anotaban 500 aspirantes con título secundario. Se elegían 40 para realizar el curso teórico que abarcaba clases de tres horas de lunes a viernes y duraba todo el ciclo escolar. Una vez finalizados se rendía el examen final y los mejores promedios eran elegidos para continuar con una beca. El segundo paso era cumplimentar esta beca que duraba 18 meses con un sueldo similar al inspector que estaba en funciones. Durante ese periodo el aspirante era supervisado en sus reacciones sicológicas y evaluaciones en distintos casos a los que tenía que enfrentar diariamente. Se evaluaba con mucha precisión, la importancia de actuar bajo presión algo fundamental para cumplir correctamente las funciones. De esta forma se media su personalidad y eficacia. Al finalizar la preparación solamente quedaba una veintena. Los que llegaban a esta instancia finalmente eran nombrados. El resultado de la preparación de los inspectores fue óptima. No hubo en varios años estudio jurídico que “tumbará” ningún procedimiento. La inversión realizada por este organismo fue devuelta con creces con un aumento ostensible de la recaudación. La selección y preparación de los inspectores municipales debe estar acorde a la modernidad en que vivimos y cada uno de ellos debería tener sólidos conocimientos legales, prácticos y además tener experiencia en cómo actuar en determinadas circunstancias (discusiones, entredichos etc). La “producción de inspectores” no acordes a estos parámetros solamente sirve para el desprestigio de los organismo a los que representa. |