El defensor de "F" señaló "que se ha realizado una valoración arbitraria de las escuchas telefónicas y men-sajes de texto, y que no se desprende que las grabaciones de la causa constituyan un elemento de prueba de cargo en detrimento de "F". Manifiesta que no existen filmaciones ni detenciones de com-pradores, así como tampoco elementos de corte. Resalta además la situación socio-económica del imputado, dice que vive en la más absoluta pobreza, siendo que es de público cono-cimiento que la venta de estupefacientes es un negocio que deja grandes ganancias económicas. Se queja finalmente de la erró-nea fundamentación en la que aduce incurre el magistrado de grado al resolver la prisión preventiva del encartado, así como el haberlo considerado prófugo, cuando ello no es verdad. Señala que la de-tención cautelar no puede cimentarse en criterios sustanciales, como ser la gravedad del delito, ya que constituiría un adelanto de pena y destruiría las garantías constitucionales de presunción de inocencia y jurisdiccionalidad y que se dicte el sobreseimiento"
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