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09/10/2015
Rumbo a octubre

Causas penales para los fiscales de mesas que falten sin justificación


El fiscal de la Cámara Electoral Jorge Di Lello ratificó que se abrirán causas penales para los ciudadanos designados como autoridades de mesa que no hayan participado de las últimas elecciones sin justificación.


De acuerdo a la legislación vigente, quienes no acudan a la citación oficial pueden ser sancionados con una pena que va de 6 meses a dos años de prisión. Di Lello advirtió además que la iniciativa alcanzará también a los que no se presenten en las próximas elecciones presidenciales o un eventual balotaje.
Ante un informe de la Cámara Nacional Electoral en relación a la ausencia masiva de ciudadanos designados como autoridades de mesa en varios distritos de la provincia de Buenos Aires, el fiscal federal con competencia electoral emitió un comunicado donde anunció que, de encontrarse situaciones que no se encuentran alcanzadas por las excepciones del art. 75 del Código Nacional Electoral (CNE), "se instará la formación de actuaciones penales a su respecto".
Cabe señalar que de acuerdo a los datos de la Cámara, uno de cada tres de las autoridades de mesas convocadas en las primarias del 9 de agosto dijeron "ausente" en la provincia de Buenos Aires.
El promedio de la falta de autoridades fue del 34 por ciento durante las PASO, algo que calificaron como "alarmante" ya que podría repetirse en los comicios presidenciales del 25 del mes que viene. De los 135 municipios que componen la provincia, sólo en diez hubo asistencia perfecta (un 7,4 por ciento), mientras que unas 35 comunas tuvieron un promedio de faltante de autoridades por encima del promedio total del territorio.
En su presentación, Di Lello solicitó a todos los fiscales electorales del país que, una vez finalizado el control de las actas de escrutinio definitivo de las Juntas Electorales de cada una de las provincias, "se requiera información respecto de las autoridades de mesa que encontrándose notificadas de la designación y sin haberse exceptuados de la obligación, no cumplieron con el deber establecido por la normativa electoral".
El representante del Ministerio Público Fiscal resaltó que la presencia de autoridades nombradas es una obligación prevista por el artículo 76 del C.N.E., y que su incumplimiento se encuentra alcanzado por el artículo 132 del código electoral, que prevé la imposición de una pena de prisión "de 6 meses a dos años a los funcionarios creados por esta ley y a los electores designados para el desempeño de funciones", informó



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