En un comunicado de prensa, el Banco Central informó que incorporó al régimen vigente sobre protección de derechos de los usuarios de servicios financieros, los siguientes casos: - Las entidades financieras no podrán cobrar cargos o comisiones que deriven de la prestación de un servicio cuya comisión o cargo se encuentren incluidos en otros conceptos ya cobrados por las entidades. - Las entidades financieras no podrán aplicar cargos o comisiones a las operaciones realizadas por los usuarios por ventanilla en sucursales diferentes a aquella en la que esté abierta la cuenta. Esta limitación incluye los movimientos de fondos en efectivo en pesos -depósitos y extracciones- y la recepción de cheques efectuados por cuenta propia o de terceros. - En ningún caso las entidades financieras podrán registrar retribuciones o utilidades por los seguros que sus usuarios deban contratar como condición para acceder a un servicio financiero. "Estas medidas forman parte del Plan Nacional de Bancarización Inclusiva y apuntan a garantizar la protección efectiva de los derechos de los usuarios de servicios financieros y una mayor transparencia en las prestaciones de las entidades financieras", completó la entidad.
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