Política
En los Consejos Escolares se eximió el cupo de género La Junta Electoral bonaerense habilitó el no cumplimiento del "cupo de género" exigido por la ley para los casos de la elección de consejeros escolares, al considerar que ese cargo "ha recaído en gran proporción en el sexo femenino", ya que no se encuentran demasiados candidatos masculinos dispuestos a integrar las listas.
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La inédita resolución de la Junta Electoral, publicada en el Boletín Oficial, dispone "permitir la eximición del cupo de género exigido por las leyes 5.109 (texto según Ley 11.733) y 14.086 a las asociaciones políticas para la categoría de 'Consejero Escolar' ante la imposibilidad fáctica de respetar el porcentaje de candidatos de uno u otro sexo". En los considerandos de la resolución, los integrantes de la Junta señalaron que ante la experiencia de otras elecciones, en las que el cupo de género se hizo "de imposible cumplimiento" para la categoría de Consejo Escolar, "una interpretación literal y rigurosa de la norma vulneraría la participación de agrupaciones, partidos y alianzas que no posean suficientes aspiraciones de uno y otro sexo para cubrir dichas candidaturas". La excepción se justifica en el hecho de que el cargo "tradicionalmente ha recaído en gran proporción en el sexo femenino atento que la función docente a ese nivel está primordialmente ejercida por mujeres y escasamente por personas del sexo masculino". Por ello, se ordenó "registrar las listas en el estado en que han sido presentadas oportunamente para las elecciones Primarias, Abiertas, Obligatorias y Simultáneas y en igual sentido para la oficialización de candidatos de la citada categoría para los comicios generales de la Provincia por tratarse de un mismo proceso electoral".
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