Judiciales
Habrá Abogado del Niño El gobierno bonaerense reglamentó la ley que creó el "Abogado del Niño", una nueva figura cuya función específica es garantizar la defensa autónoma de los niños, niñas y adolescentes de toda la provincia en cualquier procedimiento judicial. La reglamentación de la ley sancionada en diciembre de 2013 fue publicada en el Boletín Oficial de la provincia bajo el decreto 62, que lleva las firmas del gobernador Daniel Scioli y el ministro de Justicia, Ricardo Casal.
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El "Abogado del Niño" se basa en la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, y según la norma busca "representar los intereses personales e individuales de los niños legalmente ante cualquier procedimiento civil, familiar o administrativo". El artículo 1 de la reglamentación expresa que "el juez con asistencia del representante del Ministerio Público, o en su caso, la autoridad administrativa, deberán informarle personalmente al niño, niña y/o adolescente, acerca del derecho que le asiste a ser representado por un Abogado del Niño". La norma contempla además la creación de un Registro Provincial de Abogados del Niño, el que será coordinado por el ministerio de Justicia y el Colegio de Abogados bonaerense. Para la designación del Abogado del Niño "se debe tener en cuenta el domicilio del niño, niña y/o adolescente" y el ministerio de Justicia establecerá las "pautas y el procedimiento" para el pago de "las acciones derivadas de las actuaciones de los abogados patrocinantes". Finalmente, en su artículo 4 expresa que "el Colegio de Abogados de la Provincia coordinará con la Suprema Corte de Justicia, la difusión de la nómina de profesionales inscriptos en el Registro Provincial de Abogados del Niño, a través de los medios informativos con que cuentan dichos organismos".
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