En Colón existe un proyecto para instalar más de cincuenta cámaras de seguridad en distintos barrios de la planta urbana. Sin embargo se debe tener en cuenta que la "seguridad" no la darán las cámaras si no que serán un elemento más dentro de un esquema sincronizado para una ciudad de unos 25 mil habitantes.
Las autoridades deberán tener en cuenta como factor fundamental disponer en el Centro de Monitoreo de Personal idóneo y estrenado para prevenir el delito que puede estar por suceder en nuestras calles (conocer el "mundo delictivo colonense) y que los concejales por su parte dicten normativas "cerradas" de para que y como disponer de las cintas, con penalizaciones para el mal uso de las mismas de parte de las autoridades o empleados.
Funciones
El sistema de monitoreo en Colón está conformado por una red de diez cámaras interconectadas a la Central que esta ubicada en la terminal vieja, que permiten detectar los principales focos conflictivos en las calles. Su función es dotar a la comuna de una herramienta tecnológica que permita interactuar con los organismos policiales y/o municipales.Su función es detectar situaciones sospechosas o peligrosas en lugares públicos e Interactuar con los organismos policiales y/o municipales para cooperar en la prevención.
Por otra parte, las cámaras no sólo cumplen la función de detectar e intervenir en los delitos, sino que en muchos casos las mismas han funcionado para asistir a peatones y automovilistas que se han visto involucrados en accidentes viales. En estos casos, el personal de monitoreo procede al instante a comunicar a las ambulancias o Bomberos para que asistan a los involucrados.
Algunos casos de delitos donde las cámaras no sirvieron
En Colón existen algunos casos donde las cámaras de video no sirvieron para prevenir el delito por la mala ubicación de la misma o funcionamiento.
Caso 1- Hace poco más de un mes, autores desconocidos se robaron un acoplado de la denominada playa de camiones, ubicada en Ruta 8 y Boulevard 50. Su propietario Oscar Villegas lo dejó estacionado a la tarde y cuando lo fue a buscar al día siguiente ya no estaba. Se trata de un acoplado color crema con franjas bordo, y que lleva la inscripción "Transporte Oscar, Colón Buenos Aires", patente SSG 254.
El medio de transporte era utilizado para el trabajo cotidiano de la víctima y fue adquirido en cuotas con mucho sacrificio. La Cámara de Seguridad situada en las cercanías toma el momento donde el acoplado es retirado por los ladrones. La imagen captada no sirve porque el video muestra de arriba el escape de los ladrones.
La esposa comenzó una "gran peregrinación", funcionarios municipales, funcionarios judiciales, pero lo más importante es que debió ir a cada fábrica o comercio ubicado en la cercanía para ver si el acoplado "pasaba" por ese sitio y hacia donde. Una empresa textil le brindó su ayuda a igual que una estación de servicio. El trabajo de "integración" de estas cámaras al sistema de vigilancia debió realizarse hace meses con menos "gre..gre" para decir Gregorio y más efectividad.
Caso2. El episodio sucedió en el año 2013. Dos ladrones llegan en moto para asaltar una carnicería situada en calle 48 y boulevard 17. Realizan el asalto, y huyen en contramano. Cuando se va a recurrir al video de la Cámara de Seguridad los funcionarios actuantes se dan cuenta que por el reflejo de una luminaria no se pudo observar las características físicas de los ladrones. Las Cámaras de Video hacia seis meses que estaban instaladas. ¿Nadie vió el defecto?.
Caso 3. Un ladrón solitario roba una bicicleta del interior de una empresa textil. La Cámara de Video lo toma de cerca y se le puede ver las facciones.
La propietaria presenta la cinta a la Fiscalía Descentralizada donde le señalan que no sirve como prueba.
Videos de salvaguardia y la inscripción en la Defensoría del PuebloLas Cámaras de Video de Seguridad deben estar inscriptas en la Defensoría del Pueblo como obliga la Ley de Protección de Datos Personales (Nº 1845). De esta forma las imágenes obtenidas solo deben servir al fin de prevenir la seguridad..
La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales -DNPDP- es el órgano de control creado en el ámbito Nacional, para la efectiva protección de los datos personales.
Tiene a su cargo el Registro de las Bases de Datos, instrumento organizado a fin de conocer y controlar las bases de datos.
Asesora y asiste a los titulares de datos personales recibiendo las denuncias y reclamos efectuados contra los responsables de los registros, archivos, bancos o bases de datos por violar los derechos de información, acceso, rectificación, actualización, supresión y confidencialidad en el tratamiento de los datos.
En este sentido, tiene por función investigar si la base de datos denunciada da cumplimiento o no a los principios que establece la ley y las disposiciones reglamentarias.
La DNPDP lo informará acerca de:
1. La existencia de una base de datos.2. Para qué obtiene los datos esa base y cuál es su fin último.3. El nombre y domicilio del responsable de la base de datos.
¿Qué puede hacer en caso de violación de sus derechos?En caso que una base de datos no cumpla con los requisitos que establece la ley para la protección de sus datos personales, el titular podrá ejercer las siguientes acciones:
Denunciar el hecho ante la DNPDPEn caso de comprobarse el hecho denunciado, podrá aplicar sanciones administrativas al registro, archivo, base o banco de datos.(Ley Nº 25.326 art. 31)
Es importante destacar que las denuncias que se hagan ante la DNPDP, son al exclusivo efecto de revelar deficiencias o incumplimientos a las normas aplicables en el tratamiento de los datos personales que hagan los archivos, registros bancos o bases de datos.
Ello ayudará a que la DNPDP, como organismo de control de los registros, archivos, bases o bancos de datos, verifique el cumplimiento de los derechos consagrados en la ley.
Acción Judicial de Hábeas Data (Ley Nº 25.326 , Título VII)Esta acción procede para tomar conocimiento de los datos personales almacenados en archivos, registros o bancos de datos públicos o privados destinados a proporcionar informes, y de la finalidad de aquellos.
En caso de falsedad o discriminación, solicitará la supresión, rectificación, confidencialidad o actualización de sus datos. (art. 33)Una Cámara privada identifica a asaltante en Pergamino
El viernes a la noche la Policía de Investigaciones (DDI) detuvo a un sujeto de 32 años, quien está sospechado, por la instrucción judicial que encabeza el fiscal Guillermo Villalba, de haber participado del asalto que terminó con la vida de Simona Estefanía Plazibat, el miércoles anterior.
El sospechoso fue captado por las cámaras de seguridad de un vecino de Moreno al 700, a pocos metros de la escena del crimen y por donde pasaron los dos sospechosos en moto tras el atraco que provocó la muerte de la mujer de 83 años, a las 21:30 del miércoles pasado.
Los detectives de la brigada policial de investigaciones realizaron el allanamiento el viernes a la noche en una vivienda del barrio Kennedy.
Para la pesquisa fue fácil identificar al sospechoso en las imágenes registradas por la cámara ya que es conocido en las dependencias policiales y judiciales por sus antecedentes penales, donde ha estado involucrado en casos de delitos contra la propiedad. En la vivienda donde se detuvo al sospechoso también se secuestraron dos motocicletas que serán investigadas si alguna fue la utilizada para el asalto fatal.Para la causa judicial lo relevante será que la víctima, la hija de 44 años, reconozca al sujeto como uno de los delincuentes que la asaltó, que determine si de las motocicletas incautadas por la DDI una sería la utilizada como vehículo de estos motochorros. Este reconocimiento de la principal testigo será la principal prueba de cargo contra el sospechoso para que avance la investigación y se logre capturar al otro sospechoso.
Los uniformados de la dependencia a cargo del comisario mayor Miguel Ostoich realizaron el procedimiento ordenado por el Juzgado de Garantías, tras las pruebas presentadas por la instrucción realizada por el fiscal Guillermo Villalba.
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