El secretario de Derechos Humanos, Martín Fresneda, defendió meses atrás el doble resarcimiento con el argumento de que tienen "naturalezas jurídicas distintas", el primero buscó aliviar el padecimiento y el segunda, dijo, compensar la "indefensión económica, física y psíquica".La pensión graciable ascenderá a un monto equivalente, según el decreto 1058 publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), al sueldo de la categoría "Nivel D, Grado 0" del escalafón establecido por el Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP).
Los aspirantes a beneficiarios que ya perciban otra remuneración de tipo similar, emanada del ámbito "provincial y municipal", deberán renunciar a la misma si quieren tramitar y cobrar la establecida por la ley 26.913.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), que atesora fondos previsionales destinados a jubilados, aportará el dinero necesario y la Secretaría de Derechos Humanos, del Ministerio de Justicia, lo administrará.
La ley 26.913 fue aprobada el 27 de noviembre pasado en la Cámara de Diputados, por 176 votos a favor, 2 en contra y una abstención, tras varias meses de discusiones en esa instancia, así como durante su tratamiento en el Senado.
El punto más polémico para los parlamentarios era establecer el período de tiempo de la detención: Diputados había consignado que fuese a partir del 6 de noviembre de 1974, o sea en el gobierno peronista de María Estela Martínez, viuda de Perón.
Pero en la Cámara Alta, el justicialista disidente Adolfo Rodríguez Saá, más otros peronistas, cuestionaron defendieron que la pensión debía otorgarse a los detenidos a partir del golpe militar que derrocó a "Isabel", el 24 de marzo de 1976.
Si aceptaban el proyecto de Diputados, argumentaron, estarían admitiendo que el gobierno de la viuda de Perón violó durante 15 meses los derechos humanos al privar a ciudadanos de la libertad por causas políticas.
Finalmente, ambas cámaras acordaron eliminar del proyecto cualquier referencia sobre la fecha de inicio de la detención y lo convirtieron en ley.
Según consideró el abogado Germán Córdoba, "como esta ley no pone fecha de inicio será aplicable la ley ampliatoria 26.564 y podrán cobrar quienes hayan estado presos desde el golpe de 1955 hasta el 10 de diciembre de 1983".
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