El veredicto se dio por notificado a las partes con una condena de ocho años para Ezequiel David Almirón, el cual fue hallado autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal reiterado agravado por el uso de arma.
La sentencia ordena además que el condenado continúe en prisión preventiva mediante la modalidad de arresto domiciliario impuesta por la Justicia de Garantías, hasta que la misma adquiera firmeza.
Para el Tribunal, dicha modalidad atenuada de detención es suficiente para aventar los peligros procesales previstos, constatándose que el condenado ha evidenciado su voluntad de someterse a la Justicia estando a derecho y habiendo llegado a la etapa conclusiva del proceso. También consideró que la titular de la acusación pública no solicitó la revocación del beneficio en caso de que sea condenado.
Con respecto a las otras tres personas acusadas, la abuela y el tío de la menor y una comerciante y vecina del barrio Jorge Newbery, el Tribunal las absolvió al no encontrar elementos de prueba suficientes para condenarlos por los cargos que solicitaba la Fiscal.
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