• El trámite es rápido y se realiza a través de la página www.afip.gob.ar/casasparticulares o desde homebanking. • Los empleadores deben entregar un recibo de sueldo y registrar la relación laboral. • Si las empleadas reciben Asignación por Maternidad, por Embarazo para Protección Social o Universal por Hijo no dejan de cobrar este beneficio cuando son registradas.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informa que hasta el 12 de mayo se recibirá el pago de los aportes y contribuciones de los trabajadores de Casas Particulares (F. 102/B). Así quien tenga en su casa a una persona que presta servicios, cualquiera sea su carga horaria, debe abonar los aportes y contribuciones a la Seguridad Social.
Además debe entregarle al trabajador un recibo de sueldo y registrar la relación laboral, siguiendo la guía paso a paso que encontrará en el micrositio www.afip.gob.ar/casasparticulares.
El trámite es rápido y se realiza a través de la página www.afip.gob.ar, con "Clave Fiscal" ingresando al servicio "Simplificación Registral - Registros Especiales de Seguridad Social", seleccionando la opción "Personal de Casas Particulares – Ley N° 26.844”.
El sistema ofrecerá registrar al trabajador como así también el lugar de trabajo y bajo qué modalidad mantiene su relación laboral.
Cumplidos esos pasos, el mismo sistema le ofrecerá generar el Volante de Pago de los Aportes y Contribuciones y el Recibo de Sueldo del trabajador.
Si las empleadas reciben Asignación por Maternidad, por Embarazo para Protección Social o Universal por Hijo no dejan de cobrar este beneficio cuando son registradas. Finalmente, se recuerda que a fin de efectuar consultas respecto de este tema puede comunicarse al número 0800-222-2526 opción 2.
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