La represión que recayó en la zona de Pergamino nada tiene que envidiar a las que se hacia en otros puntos del país. En un acta policial se describe un procedimiento del que habría derivado la detención de Norberto Oscar Gil, elaborada por el Comisario Titular Aldo Ambrosio Dicocca junto a los Oficiales Inspectores Carlos Alberto Sita y Oscar Alberto Rodríguez, agentes de la Comisaría de Pergamino de la Policía de la Provincia de Buenos Aires. La reveladora historia comenzó en el apogeo del Proceso Militar y con un acta de un supuesto procedimiento del que habría derivado la detención de Norberto Oscar Gil, elaborada por el Comisario Titular Aldo Ambrosio Dicocca (conocido en nuestra ciudad y que también cumplió funciones en nuestra Comisaría) junto a los Oficiales Inspectores Carlos Alberto Sita y Oscar Alberto Rodríguez, agentes de la Comisaría de Pergamino de la Policía de la Provincia de Buenos Aires. En ella, se da cuenta que en la ciudad de Pergamino, a los 9 días del mes de diciembre de 1977:
"en la intersección de las rutas ciento setenta y ocho y ciento ochenta y ocho de Pergamino, sorprenden en actitud sospechosa a una persona de sexo masculino… provenía desde San Nicolás hacia Pergamino… al ser interrogado manifiesta y con algunas evasivas que llegaba a ésta ciudad en busca de algún trabajo, requisado su bolso se comprueba que en su interior llevaba… distintos periódicos de propaganda subversiva… interrogado acerca de su filiación manifiesta llamarse Norberto Oscar Gil, argentino de 38 años, domiciliado en calle Mitre 177 de la ciudad de San Nicolás, de profesión abogado… con respecto al material subversivo secuestrado, DICE: Que efectivamente lo tenía en su poder, para ilustrarse solamente, dado a su profesión y que la intención era de quemarlos en las afueras de ésta ciudad, ya que consideraba que era material comprometedor, empero no pertenece a ninguna organización subversiva declarada fuera de la ley. Que en razón del lugar y hora de la madrugada no se pudo requerir la presencia de testigos algunos, por lo que es conducido a la Seccional, donde labrada el acta, es ratificada y firmada por el causante GIL y los intervinientes." Pero la Justicia Federal logró desbaratar una mentira gigantesca y la falsedad del acta policial.
El comisario Rodríguez estaba a cargo de la Comisaría de Pergamino, y resulta responsable como partícipe de la privación ilegal de libertad de Gil -que como se dijo en el Acuerdo Nº 197/11-DH. es un delito permanente- por haber firmado constancias que carecen de veracidad con la finalidad de encubrir el secuestro verdadero de Norberto Oscar Gil, afirmando que durante un recorrido por el radio de la jurisdicción en Pergamino procedió a la detención de la víctima cuando ello no ocurrió en la realidad, ya que la víctima fue detenida el 24 de noviembre de 1977 en la Plaza Mitre de la ciudad de San Nicolás por tres personas de civil.
La represión estaba aceitada en toda la región y había una fuerte comunicación entre las distintas comisarías de cada ciudad, sobre estos procedimientos ilegales.
Se debe tener en cuenta que a Roberto Gil cuando el Comisario Ródriguez se desempeñaba como numerario de la Comisaría de Pergamino de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, para hacer aparecer detenido a Gil en esa jurisdicción , tuvo que firmar el detenido un acta en San Nicolás y pero que estaba confeccionada en Pergamino y donde constaba que lo habían secuestrado con un bolso con literatura subversiva en el cruce de las Rutas 188 y 178..En esta historia, se demuestra como se creaban operativos falsos con el solo objetivo de de- saparecer personas.
En las actuaciones, que fueron suscriptas por Rodríguez y sus cómplices, se afirmó que el que el 9 de diciembre de 1977, en circunstancias que efectuaban una recorrida por la jurisdicción de Pergamino procedieron a la detención de la víctima (Roberto Gil), lo que determina concluir que Rodríguez resulta responsable de la falsedad ideológica ya que insertó en un instrumento público circunstancias falsas sobre un procedimiento que nunca existió.
Pero los más indignante es que los policías dijeron que el acta en cuestión se hizo firmar previa lectura que aquel diera por sí, el acta labrada con motivo de la infracción a la ley 20.840 que se le imputaba habiéndolo hecho con total normalidad, sin objeciones, ni quejas de ninguna índole…"
La verdad
La verdad estaba muy alejada de lo que declararon los policías "Norberto Oscar Gil el 12 de enero de 1978 declaró que en la madrugada del día 24 de noviembre de 1977 fue secuestrado por tres personas que vestían de civil al salir del Club Social, en la plaza Mitre de San Nicolás sin testigos que presenciaran el hecho. Lo metieron en un auto, encapuchado y esposado. Luego de un trayecto fue trasbordado a otro vehículo que pudo ser carrozado, hasta una casa donde lo esperaba un grupo de personas que lo interrogó y torturó. El 27 de noviembre lo trasladaron a otra habitación donde había otra persona y el guardia le dijo que era Lita.
El 1ª de diciembre lo sacaron a Lita de ese lugar y escuchó que llegó otra persona identificada como Jorge Ocariz. (que luego fue trasladado a la Comisaría de Colón y torturado y donde están acusados Norberto Ricardo Ferrero, Roberto Horacio Guerrina, Domingo Ramón Mac Tier, Julio Alberto Almada, Luis Antonio Sinigaglia, Juan Alberto González y Miguel Angel Lucero) El día 9 de diciembre lo subieron al baúl de un auto, luego a otro y terminó en un calabozo que según se pudo enterar por otros detenidos en calabozos vecinos se trataba de la Comisaría de Pergamino.
Lo llevaron a una oficina donde una persona que luego se enteró que era el oficial principal Ferreira le manifestó que lo había traído personal militar y que tenía que firmar un acta que decía que se le había secuestrado un bolso con literatura subversiva y si firmaba, la familia se enteraba sobre su detención. La firmó pensando en su familia y exhibidos los elementos secuestrados manifestó que no le pertenecían y nunca los tuvo en su poder
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