El domicilio fiscal electrónico aprovecha las posibilidades que brinda la tecnología para generar un diálogo directo entre Arba y el contribuyente y, a la vez, sirve como canal oficial, ya que toda la información que se intercambia por esta vía tiene validez y eficacia jurídica.
De esta forma, los avisos y notificaciones electrónicas que un contribuyente recibe en su entorno virtual poseen, en términos legales, el mismo valor que aquellas que la Agencia de Recaudación remite al domicilio fiscal tradicional. El sistema posibilita una carga ilimitada de datos y documentos, tanto por parte del organismo recaudador como del contribuyente, para poder establecer de manera online una relación ágil e integral entre ambas partes.
“Esta nueva herramienta que puso en funcionamiento Arba permite enviar avisos, citaciones, intimaciones, notificaciones y diversas comunicaciones a un sitio de internet individualizado al que los contribuyentes pueden ingresar las 24 horas del día con su CUIT y CIT (Clave de Identificación Tributaria)”, detalló el titular de Arba, Iván Budassi.
El director de la Agencia explicó que “el domicilio fiscal electrónico ayuda a mantener un contacto fluido y personal con cada contribuyente”, y destacó que “se trata de un avance sustancial para los vecinos de la Provincia y significa un nuevo paso en el proceso de modernización de los servicios que ofrece la Agencia de Recaudación”.
Al mismo tiempo, las características de esta herramienta permiten mejorar las instancias de control fiscal y simplifican la relación tributaria. En ese sentido, Budassi subrayó que “el contribuyente puede, desde su casa, mantener prácticamente toda su interrelación con Arba de una forma simple y transparente”.
La aplicación informática que posibilita el funcionamiento del domicilio fiscal electrónico cuenta con avanzadas normas de seguridad y garantiza el acceso permanente de todos los contribuyentes que, para tomar conocimiento de las diversas comunicaciones que remite la Agencia de Recaudación, deben ingresar al espacio virtual de manera periódica.
En forma obligatoria, y según lo indica la norma que rige el sistema, los contribuyentes deben concretar el primer acceso al domicilio fiscal electrónico dentro de un plazo de treinta días contados a partir del 15 de marzo de 2014. (DIB)
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