De manera directa se recibe el 80% de la asignación y el 20% restante se depositan en una cuenta a nombre del titular. Ese dinero solo podrá ser retirado una vez al año, cuando demuestre que el niño concurrió a la escuela durante el ciclo escolar y cumplió con el plan de vacunación, a través de la presentación de la Libreta de Seguridad Social, Salud y Educación. Esta Libreta se convierte, así, en condición indispensable para mantener el beneficio y para cobrar el porcentaje retenido; su incumplimiento generará la suspensión del pago. La presentación de esta documentación puede efectuarse desde el primer día hábil de enero hasta el último día hábil de diciembre de cada año.
|