“Por pedido del Gobernador Daniel Scioli, debemos ser inclaudicables en las tareas de Fiscalización Industrial, que permiten cuidar el ambiente. En el contexto de un país en pleno crecimiento, tenemos el deber de buscar un equilibrio entre producción y ambiente sano, siempre priorizando la salud de la población. Este es el tiempo del desarrollo y el mismo, debe ser sostenible” apuntó Hugo Bilbao, Director Ejecutivo de la cartera ambiental. En ese contexto, bajo la figura “Violación de Clausura” 26 empresas de diferentes rubros fueron denunciadas conforme a las facultades de fiscalización y control del Organismo, que efectúa estas tareas a través la Dirección Provincial de Controladores Ambientales y sus áreas competentes. De este modo, en el Departamento Judicial de Quilmes se realizaron denuncias contra las firmas Scarpato Juan Alberto, Ramón Campos, José Dolabjián y Efigenio Baez; en el de San Martín, se radicaron denuncias a las empresas PM Plásticos S.R.L, Sergio Saltos, Industrias Sanser S.R.L y Renato La Cioppa. En sede judicial de Lomas de Zamora, se radicaron presentaciones de las empresas Curtiembre San Nicolás S.R.L, Studio Prima S.A. y Sanitarios Nuera Era S.R.L; en el de Mercedes, por su parte, fueron denunciadas Las Marianas S.R.L, Mexcom S.R.L., Da-Wei S.R.L, Plástica Bernabó S.A., Prosavic S.R.L. En el Departamento Judicial de San Isidro, en tanto, Palmares del Delta, Martini Farina S.A. y Adhersil S.A. En La Plata: Lavandería San Martín. Mar del Plata: Dolfish S.A. Junín: Nelson Chico. Dolores: Ernaga Miguel. Bahía Blanca: Punta Lobo. Cabe señalar que los inspectores de fiscalización pueden, además de imputar las faltas que encontraren por disconformidad de la industria/actividad con la normativa ambiental vigente, aplicar clausuras preventivas cuando la gravedad del asunto y la urgencia del caso ameritara tomar esta decisión, ante la existencia de grave peligro de daño inminente sobre la salud de los trabajadores, de la población o del medio ambiente. Como regla general, una vez clausurada, una firma determinada no puede continuar funcionado –ya sea total o parcialmente, según la clausura impuesta-, hasta tanto no se produzca el levantamiento de la clausura preventiva por acto administrativo pertinente. Cuando en una inspección posterior se advierte que la firma continuó funcionando a pesar de la clausura impuesta sin haber revertido las condiciones que impusieron la misma, se debe proceder a realizar la denuncia penal de violación de clausura.
|