Si bien en la acordada se habla de "exclusividad", fuentes del alto tribunal explicaron que "los jueces podrán informar sobre el fallo a quien quieran, pero no podrán no publicarlo a través del CIJ".
Del documento se desprende que será la propia Corte la que decidirá qué otros medios tendrán la posibilidad de difundir fallos judiciales, ya que el punto tercero sostiene: "prevenir que sólo el Tribunal puede autorizar convenios, sea con entidades públicas o privadas, que tengan por objeto la publicación de las sentencias", y advierte que los acuerdos "que hayan sido concertados sin consulta al Tribunal o en otras condiciones que las indicadas quedarán sin efecto".
La Acordada se conoce antes de que entre en vigencia la ley que establece la publicación de todos los fallos emanados de la Justicia, que forma parte del paquete de reforma judicial, y de la puesta en funcionamiento de una agencia de difusión de fallos que dependencia del Ministerio de Justicia.
El punto primero de la Acordada establece que "las cámaras federales o nacionales, así como los tribunales orales, sin excepción alguna, publicarán -exclusivamente- todas las sentencias, acordadas y resoluciones administrativas que suscriban a través del Centro de Información Judicial".
La decisión, firmada por seis jueces de la Corte (Raúl Zaffaroni no lo hizo por estar fuera del país) dispone "que la publicación oficial de sentencias, acordadas y resoluciones administrativas sólo puede realizarse del modo fijado", esto es a través del sitio que depende directamente del máximo tribunal.
La Corte señaló que "la transparencia y publicidad de la gestión de gobierno son pilares fundamentales de una sociedad democrática" y reivindicó que "el fundamento central del acceso a la información en poder del Estado consiste en el derecho que tiene toda persona a conocer la manera en que sus gobernantes y funcionarios públicos se desempeñan".
El máximo tribunal recordó que "en su condición de órgano superior de la organización judicial argentina, ha dispuesto medidas para promover la difusión de las decisiones judiciales con el objeto de permitir a la comunidad una comprensión más acabada del quehacer judicial".
A partir de la Acordada, la parte final de cada fallo deberá ordenar "la comunicación a la Dirección de Comunicación Publica, dependiente de este Tribunal", para su publicación en el CIJ. (DIB)
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