El presidente del bloque Frente Renovador, Rubén Eslaiman, explicó que con la presentación ante la Justicia buscan promover una acción de amparo contra el decreto firmado por el Ejecutivo días atrás ya que omitió cumplir con una parte de la ley aprobada por la Legislatura en 2011. establece la actualización de los concejos deliberantes en base a los números arrojados por el Censo 2010, según los cuales debían sumarse unas 128 bancas en 50 distritos.
Según la normativa, los bonaerense debían elegir la mitad de esas bancas en las próximas elecciones legislativas, pero el Gobierno provincial vetó un artículo que contenía datos erróneos en cinco municipios y por esta medida terminó suspendiendo la aplicación del resto.
Sin embargo, Eslaiman sostuvo que el Ejecutivo comete un error en la interpretación de la ley y por ello el bloque massista busca que la Justicia declare inconstitucional el decreto y en tal sentido solicitó una “medida cautelar innovativa” para que se rectifique rápidamente, ya que el 12 de junio se deben presentar las listas.
“Estamos afectando a los partidos pero también a los votantes”, dijo Eslaiman en conferencia de prensa, y si bien contó que antes de hacer esta presentación que recayó en ante el Juzgado Civil y Comercial N° 9 de La Plata habló con autoridades de la Provincia, dijo que la falta de acuerdo llevó al bloque massista a recurrir a la Justicia. “No creo que haya una intención política, lo atribuyo a una mala interpretación”, agregó.
La reciente disposición, publicada en el Boletín Oficial, indica que, mediante el decreto 155, el gobernador decidió “convocar al electorado de la provincia de Buenos Aires para el día 27 de octubre de 2013 a efectos de que se proceda a la elección de 1.033 concejales titulares y 663 suplentes”, detallando a continuación cuántos ediles corresponden a cada distrito. En esta publicación faltaron la mitad de los 128 que tenían que sumar los concejos desfasados entre las elecciones de 2013 y 2015.Lo que pasó fue que luego de la aprobación de ambas cámaras Scioli promulgó, el 23 de enero del año pasado, la norma 14.344, que modifica la LOM, habilitando a actualizar en forma automática la cantidad de bancas en los concejos deliberantes de los 135 municipios, de acuerdo con el aumento de la población de cada distrito. Sin embargo, en ese momento, Scioli vetó el artículo 1, que es el que sustituía al artículo 284 de la LOM.
En éste estaba detallada la cantidad de ediles que debía elegir cada municipio, de acuerdo al número de habitantes que había arrojado el censo 2010; pero, pese a la aprobación de ambas cámaras, el texto estaba equivocado en cuanto a la situación de los distritos de Ayacucho, Hurlingham, Ituzaingó, Magdalena y Suipacha. Lo que dijo Eslaiman es que por esos datos equivocados, pagarán “todos los bonaerenses que querían votar a sus nuevos concejales”. Actualmente en las 135 municipalidades tienen mandato 1.036 concejales. Con la nueva normativa se incrementa la planta con 128 nuevas bancas, que debían elegirse por mitades en las próximas dos elecciones.
La ecuación surge de este cálculo: los distritos de hasta 5 mil habitantes tendrán 6 concejales; con más de 5 mil y hasta 10 mil, 10; más de 10 mil y hasta 20 mil, 12. Aquellos con más de 20 mil habitantes y hasta 30 mil, 14 ediles; más de 30 mil y hasta 40 mil, 16; más de 40 mil y hasta 80 mil, 18; más de 80 mil y hasta 200 mil, 20; y más de 200 mil, 24 concejales.
Las comunas afectadas que no serán beneficiadas con la decisión de la Provincia de no actualizar son: Monte Hermoso, General Alvear, General Las Heras, General Paz, Maipú, Roque Pérez, Suipacha, Colón, Coronel Brandsen, Exaltación de la Cruz, Mar Chiquita, Monte, Pinamar, Saavedra, San Andrés de Giles, San Antonio de Areco y Rojas. También Baradero, Chascomús, General Alvarado, General Villegas, Pehuajó, Ramallo, Saladillo, Salto, Villa Gesell, Villarino, Balcarce, Bragado, Cañuelas, La Costa, Lincoln, Marco Paz y Trenque Lauquen, General Rodríguez, Junín, Luján, Necochea, Zárate, Escobar, Esteban Echevarria, Florencia Varela, Moreno, Campana y Pilar. (DIB)
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