La normativa, que había sido impulsada por el diputado Marcelo Feliú (FpV-PJ) y aprobada por unanimidad en ambas cámaras a fines del año pasado, fue reglamentada bajo el decreto N° 43 de 2013, que dispone que el ministerio de Salud bonaerense sea la autoridad de aplicación.
La ley, publicada bajo el número 14.464 fue aprobada en conjunto con la adhesión a la modificación de la ley nacional sobre Derechos del Paciente, sancionada por el Congreso Nacional.
La ley nacional de muerte digna es, en rigor, la modificación de otra conocida como “ley de derechos del paciente”. Al igual que la versión provincial, establece que aquella persona que padezca una enfermedad irreversible, incurable o que haya sufrido lesiones que la coloquen en igual situación, tiene derecho a rechazar procedimientos quirúrgicos o de reanimación artificial cuando sean extraordinarios o desproporcionados a las perspectivas de mejoría y produzcan dolor desmesurado.
Asimismo, considera válida la manifestación de voluntad de toda persona capaz, realizada ante un escribano o juez competente, en la que manifieste su voluntad en cuanto al rechazo de procedimientos quirúrgicos y/o de reanimación artificial.
Respecto de la responsabilidad de los médicos, la ley de muerte digna deja en claro que “ningún profesional interviniente que haya obrado de acuerdo a las disposiciones de la norma, está sujeto a responsabilidad civil, penal, ni administrativa”.
El autor de la ley resaltó que “es fundamental dejar en claro que la norma no obliga a nadie, sino que sólo permite una libre elección”, y destacó que “si alguien decide algo distinto a lo que esta ley habilita, está en todo su derecho y se le garantiza esa elección”.
Por su parte, el ministro de Salud bonaerense, Alejandro Collia, dijo que su cartera trabaja “en la creación de un protocolo de atención para implementar la nueva normativa en todos los hospitales de la Provincia”, y celebró que “la Provincia ya cuente con una herramienta legal que protege la autonomía de voluntad del paciente y que resguarda al equipo de salud”. (DIB)
|