A partir de marzo, 5.886.585 jubilados y pensionados nacionales y ex Veteranos de Malvinas recibirán un aumento en sus haberes del 15,18%. La medida incluye también a más de 1,3 millones de beneficiarios de Pensiones No Contributivas (PNC). Esto significa que la mínima jubilatoria ascenderá de $1.879,67 a $2.165 y para quienes reciben los $45 de subsidio del PAMI, será de $2.210.
El anuncio lo realizó hoy por la tarde la presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, junto al director ejecutivo de ANSES, Diego Bossio, entre otras autoridades.
La medida implica una inversión social anual extra por parte de ANSES de $33.288,9 millones y se da en el marco de la aplicación del índice de movilidad dispuesto por la Ley 26.417. Cabe recordar que durante el año pasado las jubilaciones y pensiones experimentaron un incremento del 31,05%.
Desde la puesta en marcha de la Ley de Movilidad en febrero 2009, se ha producido un aumento de la jubilación mínima del 213,8%. El incremento anual respecto a los valores de marzo de 2012 es del 28,33%. Cabe destacar que desde 2003 a la fecha, la evolución del haber mínimo fue del 1343%. Asimismo, con este nuevo aumento, el haber jubilatorio medio pasará de $3.291 a $3.758.
Durante el acto, la Presidenta destacó que “Este aumento es posible gracias a la ley de movilidad jubilatoria creada por este gobierno. La Argentina tiene la cobertura previsional más alta de la región, con un 94,3%. Esto fue gracias a la recuperación de los fondos previsionales de los trabajadores”.
Por su parte, Bossio sostuvo: “El esfuerzo del Estado Nacional para mejorar los haberes jubilatorios es permanente. La Ley de Movilidad le brinda a los jubilados y pensionados la seguridad de que no se les volverá a descontar de sus haberes como se hizo en el pasado, y que tendrán dos aumentos garantizados por año”. Y agregó: “Este aumento llega a los argentinos mientras que en otros países se les congeló o directamente se les recortó una parte de los haberes”.
Cómo se calcula el índice de movilidad previsional
La Ley 26.417 establece para el cálculo de la movilidad dos variables: el índice del aumento general de salarios del último semestre publicado por el INDEC y el aumento de la recaudación tributaria per cápita de ANSES.
La Ley determina asimismo que la movilidad previsional nunca podrá ser negativa, es decir, si para un período la evolución de las variables de la economía fueran negativas, los haberes de los jubilados y pensionados no se disminuirán.
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