La iniciativa, impulsada por el diputado de la bancada del FPV Rodolfo Iriart, establece que cuando el juez constate que el presunto agresor desobedece la orden judicial de mantenerse excluido de la vivienda familiar o viola la prohibición de acercarse al perímetro del domicilio y los lugares que frecuenta, la víctima o su progenitor podrá comunicarse inmediatamente con el fiscal de turno para que intervenga a fin de prevenir otro hecho de violencia.
Actualmente, el artículo 14 de la ley 12.569 (modificado) prevé que el magistrado solamente puede ordenar, ante el incumplimiento de este tipo de medidas judiciales, la realización de trabajos comunitarios.
En el caso de la violencia de género, la experiencia y las estadísticas indican que resulta oportuna y útil la inmediata intervención del Ministerio Público Fiscal que disponga la aprehensión y procesamiento de quienes vulneren tales mandatos judiciales? sostuvo Iriart.
Y agregó que esta potestad va a funcionar como una medida cautelar que tendrá una aplicación progresiva y razonable acorde a los medios con los que cuenta el Estado provincial sin perjuicio de la evaluación que luego haga la fiscalía respecto de la evolución de la causa. (DIB)
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