La resolución, que se dio a conocer el miércoles, considera que la fiscal a cargo de la Unidad Funcional de Instrucción Nº 4, ajustó su actuar a las disposiciones legales vigentes, así como también a las facultades que surgen del Régimen del Ministerio Público.
Para el Jurado la agente fiscal tomó las medidas de instrucción para dar con el paradero de la familia Pomar y entiende que, como quedó acreditado, existió negligencia de funcionarios policiales en la ejecución de los rastrillajes dispuestos por la doctora Pollice y luego ordenados a la Jefatura de Pergamino y a las Distritales, con todo detalle por el Ministerio de Justicia y Seguridad de la provincia.
El Jurado entiende que esa negligencia no puede extenderse a la fiscal, teniendo en cuenta la complejidad y amplitud zonal de la búsqueda, que requería la participación de cientos de personas y una logística que sólo la Policía puede aportar. La resolución fue clara en afirmar que las críticas en torno a la actuación de la doctora Pollice, no encuentran fundamento en las constancias de la investigación.
En breves declaraciones a LA OPINION, la funcionaria indicó que siempre mantuvo un perfil bajo dedicándose a trabajar y hacer las cosas bien. Si bien manifestó que por ese motivo siempre estuvo tranquila con respecto a su desempeño en la investigación, reconoció que obviamente es una carga y es muy pesado que haya un jury detrás, el cual había pasado un año y medio sin resolución.
Por otra parte la fiscal quiso dejar en claro que entiende el dolor de la familia.
Recusación
La recusación contra la fiscal fue planteada por la mamá de Gabriela Viagrán, María Cristina Robert, que le endilga a la fiscal haber incurrido en la comisión de delitos de omisión, negación y retardo de Justicia, así como también incompetencia y negligencia en el ejercicio de sus funciones e incumplimiento en los deberes inherentes a su cargo.
Para la mujer, jamás se llevó a cabo un rastrillaje pedestre en las rutas marcadas, lo cual tampoco fue controlado ni supervisado por quien tenía la responsabilidad total de la investigación, demostrando desidia, impericia y falta de control que provocó una demora de 24 días para hallar a la familia.
Por su parte, la fiscal refirió haber realizado todas las medidas necesarias para la investigación, actuando con la minuciosidad la urgencia que el caso requería. Además sostuvo que delegó en la Policía aquello que es propio de sus funciones, ya que la tarea de búsqueda y rastrillaje es una actividad técnica propia de los efectivos policiales.
En la resolución el Jurado mencionó una serie de procedimientos que avalan el desempeño de la fiscal en la investigación y que están detallados en las actas de la instrucción penal preparatoria como rastrillajes, informes de llamadas telefónicas y videos de peajes y allanamientos, entre otras actuaciones.
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios estuvo presidido por el doctor Eduardo Néstor de Lázzari y los conjueces doctores Carlos Luis Brusa, Antonio Edgardo Carabio, Jorge Oscar Almanza y Carlos Alberto Alvarez, y los legisladores Jorge Alberto Solmi, Abel Eduardo Buil y María Isabel Gainza.
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