El artículo 84 del proyecto de Presupuesto presenta una serie de modificaciones a la Ley 13.927, disponiendo que “los representantes legales de los mayores de 14 años y menores de 18 serán solidariamente responsables por las multas que se les apliquen a los menores de edad representados”.
“Si la falta fuera cometida por una persona menor de 18 años, responde quien o quienes ejerzan sobre él/ella la patria potestad o el/los encargados de su guarda o custodia”, marca la iniciativa, que modifica el artículo 35 de la Ley de Tránsito.
En tanto, en otro apartado también se establece que si el conductor infractor no pueda ser identificado, deberá responder por él el titular del vehículo infraccionado, mientras que marca que hace “solidariamente responsables” a personas físicas o jurídicas por las infracciones cometidas por representantes o dependientes de los mismos. (DIB)
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