Es importante destacar que, según la legislación vigente, las veterinarias deben estar habilitadas ante el Ministerio de Asuntos Agrarios. Además, la dirección técnica de un Veterinario es obligatoria en establecimientos donde se elaboran, fraccionan, distribuyen y/o expenden al por mayor o menor zooterápicos y demás productos de uso en medicina veterinaria.
Taxativamente se establece que los productos veterinarios solo podrán ser expendidos en locales oficialmente registrados y habilitados para tal fin y que cuenten con un profesional veterinario matriculado como Director Técnico responsable.
A partir del encuentro, estos organismos y cámaras procederán, en forma conjunta, a promover el registro y habilitación de los establecimientos que expendan productos veterinarios en territorio bonaerense, para que no queden en situación irregular e impedidos de su comercialzación.
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