Desde ahora, si una persona utiliza un nombre distinto al que figura en su DNI, por considerarlo representativo de su identidad de género adoptada o autopercibida, sólo con su requerimiento dicho nombre deberá ser utilizado en todas las cuestiones administrativas. Después que la FULP bajara su iniciativa, el órgano de cogobierno dio luz verde a la propuesta presentada por la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (Falgbt), según la cual a partir de ahora se garantizará que personas de la comunidad universitaria podrán solicitar la utilización para cualquier trámite administrativo la utilización del nombre elegido, diferente al que figura en el DNI. Para ello, los interesados deberán presentar una nota con carácter de declaración jurada ante las autoridades universitarias.
Así, en el caso de los estudiantes, si bien la inscripción será con el nombre que figure en el DNI, a partir de ese momento su paso por la Universidad podrá concretarse con el nombre de la identidad autopercibida. Los trámites que contemplan son la obtención de la libreta estudiantil, cursadas, exámenes, y servicios, entre otros. (DIB)
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