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22/03/2012
PROYECTO DE LEY

Proponen regular el funcionamiento de canódromos


El diputado provincial, Ricardo Lissalde, presentó un proyecto de ley con el objeto de regular la habilitación y el funcionamiento de canódromos en el territorio bonaerense....


"Existen más de 20 canódromos funcionando en el territorio de la provincia de Buenos Aires, (Uno en Colón)sin desconocer una cantidad mayor que funcionan en el resto del país, lo que hace necesario regular esta actividad que crece día a día", expresó el diputado .


"En este proyecto estamos respetando la autonomía de los municipios quienes estarán facultados para el otorgamiento del permiso para la construcción, mantenimiento, funcionamiento y control de canódromos. También buscamos regular la actividad en lo atinente a las apuestas, para evitar el juego clandestino y estafadores de turno", agregó.


"Asimismo apuntamos al cuidado del animal, principal actor de esta actividad, protegiéndolo de malos tratos, usos de estupefacientes, y cualquier otro hecho que atente contra su vida, estableciendo severos castigos para quienes no respeten las normas", expresó el legislador. "En cuanto a lo recaudado en concepto de apuestas -señaló el presidente del bloque Alternativa Peronista- se distribuirá de la siguiente manera: el 60 por ciento será destinado al pago de las apuestas ganadoras y el 40 por ciento a favor del Municipio, que se distribuirá según lo establezca la reglamentación que dicte el Honorable Concejo Deliberante del distrito correspondiente".


El proyecto presentado por el diputado Lissalde prevé sanciones: pena de arresto de dos a 15 días y multa según lo que determine la norma contravencional de cada Municipalidad para las personas que intervengan en la realización de carreras y pruebas de destreza de canes que se celebren en lugares no autorizados, como organizadores, colaboradores de los mismos y/o propietarios de los animales. En caso de reincidencia, la pena se duplicará. Además, la autoridad municipal procederá a la clausura del lugar.


Por otra parte, si se comprobase que los animales que participan en las carreras han sido estimulados para lograr un mejor rendimiento serán de aplicación estas mismas sanciones, sin perjuicio de que a su vez los responsables de tal conducta sean juzgados por delitos contemplados en la Ley 14.346 sobre "Protección a los animales contra actos de crueldad y malos tratos".


Finalmente, Lissalde destacó que el proyecto de ley contempla beneficiar a instituciones de las comunidades donde se habiliten los canódromos ya que "el municipio podrá disponer la entrega a entidades de bien publico o personas jurídicas sin fines de lucro, que así lo soliciten, la explotación del servicio de cantina, kiosco, y toda otra actividad secundaria o complementaria que se requiera para el desarrollo del espectáculo y cuando tales entidades participen de la organización de las carreras se podrá disponer una participación a las mismas dentro del 40 por ciento que por apuestas ingresan al municipio y en lo recaudado en concepto de entradas".(NOVA)


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