1. OBJETIVO DE AFIP Asegurar la recaudación Además, procurar conservar las empresas y las fuentes de trabajo
2. QUIEBRA DE CICCONE -La quiebra es declarada o levantada por la Justicia con el acuerdo del sindico -AFIP es un acreedor mas -15/julio/2010: El Juez Cosentino del Juzgado Comercial Nro. 8 declara la quiebra de CICCONE -26/agosto/2010: CICCONE manifiesta a AFIP su intención de solicitar el levantamiento de la quiebra -3/setiembre/2010: CICCONE pide levantamiento de la quiebra en la Justicia -24/setiembre/2010: El Juez Cosentino dispuso el levantamiento de la quiebra
3. NOTA MINISTERIO DE ECONOMIA DE LA NACIÓN - El Ministerio no intervino en el pedido de quiebra ni en el levantamiento por la simple razón de que no tiene facultades. Es resorte exclusivo de la Justicia -En la presentación ante AFIP, CICCONE pide quita y condonación de intereses, multas y honorarios. Este pedido excede las facultades que da el artículo 32 de la Ley de Procedimiento Tributario a la AFIP -Por esta situación, se remite al Ministerio de Economía en base a dictámenes jurídicos y por la relación funcional -El entonces ministro Boudou contesta diciendo que HAGAMOS LO QUE LA LEY DICE QUE TENGAMOS QUE HACER. Que actuemos dentro de las facultades legales - Y la AFIP -conforme a las Facultades Legales del artículo 32- otorgó un plan de facilidades de pago a CICCONE a los efectos de cumplimentar la estrategia recaudatoria de AFIP para empresas concursadas o fallidas
-Artículo vigente desde el texto de la ley del año 1998
4. ¿CUAL ES LA ESTRATEGIA RECAUDATORIA DE AFIP PARA EMPRESAS CONCURSADAS O FALLIDAS? -Desde el año 2009 a la fecha, AFIP ha efectuado 496 solicitudes de quiebras a empresas inmersas en procesos concúrsales con un solo objetivo: SALVAGUARDAR LA INTEGRIDAD DE LA RECAUDACION -Del total de esos 496 pedidos de quiebra, 351 contribuyentes concursados o fallidos se acogieron a los beneficios de los planes de pago a los efectos de cancelar su deuda con AFIP
5. SITUACION BOLDT -Fue denunciada penalmente por la utilización de facturas “apócrifas”, “falsificación de documentos públicos y simulación dolosa de pago”, Sellos Falsos. Juzgado Penal Económico Nº 3, a cargo del Dr. Caputo y en el Juzgado Penal Económico Nº 1, a cargo del Dr. López Biscayart, respectivamente. La estrategia de AFIP ha posibilitado iniciar la recuperación de la deuda tributaria involucrada que constituye la responsabilidad primaria de este organismo y permitir la continuidad de la explotación de las empresas que han caído en estado falencial y por lo tanto, mantener las fuentes de trabajo de miles de trabajadores argentinos.
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