En efecto, en el articulado que la secretaría Legal y Técnica de la Gobernación terminó de revisar hoy, se dispone que la Procuración deberá realizar, cada cinco años, un "programa de gestión estratégica" para esta fuerza, que deberá ser presentado en Audiencia Pública ante ambas cámaras de la Legislatura provincial, requisito que para la primera vez deberá cumplirse dentro de los cinco meses posteriores a la designación de autoridades.
Además, dentro del primer mes de período de sesiones ordinarias de cada año, la Procuración deberá presentar, también en audiencia pública, un informe a la Legislatura -a una Cámara por vez, en años alternados-, un informe de gestión, en el que dé cuenta de las actividades de esta fuerza y los resultados obtenidos, cuya síntesis deberá ser "difundida" a través de los medios", respetando la intimidad de las personas involucradas. En tanto, en el proyecto definido se establece que la Policía Judicial actuará a pedido de los fiscales de cada caso y tendrá en su cima organizativa a un Director y un Subdirector, que para llegar al cargo deberán reunir los requisitos equivalentes a un juez de cámara de apelación y un juez de primera instancia, respectivamente. Además, solo podrán ejercer durante seis años, sin posibilidad de renovación.
Finalmente, el Ejecutivo optó por no incluir dentro del ámbito de competencia de esta fuerza a los delitos detectados en estado de flagrancia -en el momento de ser cometidos-, por lo que su actuación, de aprobarse su creación, quedará circunscripto a los delitos complejos, los homicidios culposos y aquellos cometidos por funcionarios públicos, incluidos, claro, los policías. Por otra parte, en el proyecto se aclara que esta policía será una fuerza de "naturaleza civil", sin relación de dependencia ni subordinación con ninguna fuerza de seguridad. Y dispone un esquema de funcionamiento descentralizado por departamentales, donde funcionarán equipos investigativos interdisciplinarios. En los departamentos judiciales también funcionarán subsecretarias con investigadores a cargo.
Municipales
En tanto, el proyecto de ley de policía de prevención municipal, que crea el cuerpo para intervenir en delitos contravencionales y conflictividad vecinal, dejó para especificar en la reglamentación el criterio para determinar el número de agentes cuyo sueldo correrá por cuenta de la provincia, al tiempo que habilita a los intendentes a requerir numerarios suplementarios, pero a cargo de la comuna. Esta segunda policía, que se implementará solo en los distritos que así lo soliciten, estará al comando de cada jefe distrital, pero el intendente será el encargado de diseñar su planeamiento estratégico. Podrán incorporar a actuales agentes municipales -previo entrenamiento- y actuarán en todo el ámbito del distrito salvo en los sometidos a jurisdicción federal, provincial o militar. (DIB)
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