El Inadi, ante el caso de la niña de 11 años de la localidad entrerriana de General Campos, abusada sexualmente y con un embarazo de tres meses, cuya familia pidió a la justicia la realización de un aborto, emitió un comunicado en el que sostiene que "deben resguardarse en primer lugar los derechos de la niña".
El interventor del Inadi, Pedro Mouratián, sostuvo que "tomando en cuenta la edad de la niña, y que el embarazo fue producto de un abuso sexual, el caso encuadraría en el artículo 86 del Código Penal de la Nación Argentina".
Mouratián añadió que "se entiende que un embarazo de tales características pone en riesgo la salud psicofísica de la niña".
Por eso, desde el INADI se afirmó que "el caso no debería haber llegado a la Justicia y debería haberse realizado sin demora la interrupción del embarazo". El caso de la menor permanece en el Juzgado de Familia de Concordia.
La Convención Internacional de los Derechos del Niño, aludida establece que "el Estado debe garantizar el derecho del/a niño/a a ser protegido/a contra toda forma de abuso físico y mental (artículo 19, 32, 34, 35 y 39), el derecho a la salud (artículo 24) y el derecho a expresar libremente su opinión en los asuntos que lo/a afecten, teniendo en cuenta debidamente sus opiniones".
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