El Ministerio de Economía, por Resolución 9/2012 publicada este martes en el Boletín Oficial, dispuso que la Secretaría de Comercio Interior estará a cargo del Registro Nacional de Fabricantes, Distribuidores y Comercializadores de Pasta Celulosa y Papel para Diarios, creado por el Artículo 28 de la Ley Nº 26.736.
Dicha ley, promulgada en enero último, declaró de interés público la fabricación, comercialización y distribución de pasta celulosa y de papel para diarios y se creó un marco regulatorio participativo cuyo objetivo esencial es asegurar para la industria nacional la fabricación, comercialización y distribución regular y confiable de dicho insumo.
Además establece que los fabricantes, distribuidores, comercializadores y compradores de pasta celulosa y de papel en actividad actualmente, contarán con un plazo máximo de 22 días -a partir del dictado del acto administrativo correspondiente por parte de la Secretaría de Comercio Interior-para su inscripción en el Registro.
También deberán cumplir con la obligación prevista en el Artículo 18 de la ley en el plazo máximo de 5 días a contar desde la inscripción en el Registro. Dicho artículo establece que deben mantener actualizada una publicación para los compradores de pasta celulosa y de papel para diarios.
El rol de la Secretaría
De este modo, se encomienda a la Secretaría de Comercio Interior la adopción de todas las medidas conducentes a fin de tornar operativo el funcionamiento de la Comisión Federal Asesora para la Promoción de la Producción y Uso Sustentable de Pasta Celulosa y de Papel para Diarios creada por el Artículo 12 de la Ley Nº 26.736.
La Resolución, que lleva la firma del ministro de Economía, Hernán Lorenzino, expresa además que en función de los antecedentes obrantes en el mercado de pasta celulosa y papel para diarios, se fija el volumen estimado de importaciones necesarias para el trimestre enero-marzo de 2012 en 20.000 toneladas de papel para diario y el volumen estimado de producción nacional para idéntico período en 42.500 toneladas.
La resolución, expresa que uno de los ejes rectores de la Ley Nº 26.736 es satisfacer necesidades vinculadas a la fabricación, comercialización y distribución de pasta celulosa para papel de diario y de papel para diarios sobre las cuales se sustentan derechos de raigambre constitucional, incorporados hoy a los Tratados Internacionales, como es el derecho a la información, a la instrucción, a la libre expresión y al trabajo, todo ello en un marco de trato equitativo y digno.
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