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10/11/2011
CONFLICTOS DE PODERES

Por normativa para controlar sentencias de penas alternativas


La disputa de poderes sucitada por la responsabilidad de controlar el cumplimiento de sentencias que dispongan penas alternativas a la prisión volvió a cobrar relevancia, luego de que el gobierno criticara la decisión de la Suprema Corte de considerar "inválida" una ley aprobada en la Legislatura....


En tanto, el ministro de Justicia y Seguridad, Ricardo Casal, consideró que la medida es "totalmente constitucional" y aseguró que al problema "le vamos a encontrar la vuelta".


La subsecretaría de Política Criminal e Investigaciones Judiciales, dependiente del ministerio de Justicia y Seguridad, reconoció que "la Suprema Corte ha declarado inaplicable las reformas relativas a las Secretarías de Control", aunque aclaró que "la decisión fue adoptada sin pedido de parte, sin que existiera caso o proceso judicial y sin dar intervención ni vista previa al Poder Ejecutivo o Poder Legislativo".


Esta acotación fue publicada en un resumen de gestión en el que aparecen las principales medidas de los últimos años y se hace referencia a la ley cuestionada, con una nota al pie. Por su parte, Casal defendió la medida, al aducir que es "completamente constitucional", puesto que "en función de los estudios criminológicos que hay en la Provincia hay un sinnúmero de personas que están en condiciones de tener un régimen alternativo a la prisión y lo debemos sostener".


"No vamos a perder el espíritu de la ley, que es una ley moderna, producto del fallo Vertbitsky, producto de una mesa de diálogo, que no lo vamos a desperdiciar por una cuestión coyuntural", sostuvo el funcionario, al tiempo que señaló que "el hecho de que una secretaría de Ejecución controle el régimen disciplinario interno facilita la ejecución de la pena y evita las arbitrariedades que puedan surgir".


La semana pasada, la Suprema Corte bonaerense consideró "inválidos" dos artículos de una ley enviada por el Ejecutivo que creaba secretarías de Control a cargo de los juzgados de Ejecución Penal y les trasladaba la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de penas y la conducta de aquellas personas beneficiadas con condenas condicionales o probation, tarea realizada actualmente por el Patronato de Liberados.


Pero el máximo tribunal provincial declaró la ley como "inválida" a las medidas por considerarla inconstitucional, argumentando que la transferencia de competencias "afectaría potencialmente a la imparcialidad del Poder Judicial".


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