1) ¿Para qué y cómo se puede cortar la boleta? Las boletas contienen seis cuerpos, separados de modo vertical por líneas de puntos. Cada cuerpo representa una de las seis categorías de cargos en juego, volcadas en otras tantas listas de candidatos en el siguiente orden: fórmula presidencial; senadores nacionales; diputados nacionales; fórmula de gobernador; legisladores provinciales; y la lista que contiene a los postulantes a intendente, a concejales y a consejeros escolares.
Si el elector quiere votar las listas de un mismo partido en las seis categorías, utilizará la boleta completa de esa fuerza. Pero si quiere votar candidatos de distintos sectores en las diferentes categorías, puede cortar las boletas por las líneas punteadas y efectuar un "voto combinado". Así, en la máxima combinación posible, puede votar por la lista presidencial del partido A; por los senadores nacionales de la fuerza B; por los diputados nacionales del partido C; por el candidato a gobernador del partido D; por los legisladores provinciales del partido E; y por el intendente (más concejales y consejeros) del partido F.
Lo que no se puede es votar por dos o más candidatos a un mismo cargo que pertenezcan a distintas fuerzas (por ejemplo, no se pueden introducir en el sobre las listas de los postulantes a presidente del partido A y del partido B). Y esto es importante, porque si se produce una situación de ese tipo, ese voto será anulado. Voto nulo: No se podrá elegir más de una lista de una misma categoría o el voto será computado como nulo. Tampoco se puede cortar la boleta en forma horizontal
2) ¿Valen las tachas? Cuando se vota una lista con varios candidatos (como las legislativas), no sirve tachar algunos nombres, porque el sufragio será para la nómina completa. Y los votos con tachaduras o inscripciones "a mano" son considerados válidos.
3) ¿Hay un tiempo máximo para estar en el cuarto oscuro? No. El votante puede tomarse "su" tiempo para ubicar la o las boletas que utilizará si no las llevó de su casa. No lo pueden "apurar", aunque existe un tiempo de permanencia "razonable" que, si es superado, puede llevar al presidente de mesa a golpear la puerta del cuarto oscuro para ver si el votante se encuentra bien.
4) ¿Por qué conviene llevar el voto armado desde la casa? Por la posible falta, en el cuarto oscuro, de la o las boletas que el votante piensa utilizar; algo bastante común, agravado porque algunos partidos no tienen fiscales en todos lados para ir reponiendo los faltantes. Y porque en el cuarto oscuro el elector se puede sentir "obligado" a no demorarse mucho y puede cometer errores que provoquen la anulación de su voto.
5) ¿Dónde se pueden pedir boletas? En los locales partidarios, que estarán abiertos hoy y mañana. Si el votante no la llevó de su casa y no hay en el cuarto oscuro, puede avisar que "faltan boletas" (sin decir de qué sector político) al presidente de mesa, quien ingresará para constatar cuál falta. Pero si no hay en la escuela un fiscal de esa fuerza para reponerlas, el votante deberá cambiar su sufragio (o votar en blanco).
6) ¿Dónde se puede consultar el lugar de votación?
En la página de internet www.padrón.gob.ar; en el teléfono 0800-999-PADR (7237); en los locales partidarios. En principio, los electores votan en los mismos lugares y mesas que en las primarias de agosto, pero como algunos sitios, aunque pocos, fueron modificados, recomiendan volver a consultar.
7) ¿Se puede votar con cualquier documento? Se puede votar únicamente con DNI, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento.
PARA FISCALES Y AUTORIDADES DE MESA
8) ¿Los fiscales partidarios pueden votar en la mesa donde se desempeñen, aunque no sea la que les corresponde? Sí, siempre y cuando el domicilio por el cual figuran en el padrón corresponda al municipio en el que cumplen la tarea de fiscales. Concretamente, los fiscales que actúen en La Plata podrán votar en la mesa donde se desempeñen únicamente si figuran en el padrón de La Plata.
9) ¿Valen las boletas que se utilizaron en las internas de agosto? No, en principio. Varias fuerzas pidieron que los votos que se emitan con las listas habilitadas para aquellos comicios se consideren válidos, pero las autoridades electorales en la Provincia rechazaron el pedido, y las boletas que se usen deben decir "elecciones del 23 de octubre de 2011". Pero esa resolución fue apelada y la Cámara Electoral Nacional deberá definir en estas horas la situación. Si ese órgano no se expide antes del inicio del comicio, esos sufragios no serán considerados válidos.
10) ¿Cuáles son los votos válidos y en blanco y por qué un sufragio puede ser anulado, recurrido o impugnado?
Son votos positivos los emitidos por alguno de los candidatos que se postulan en una categoría. Y el voto es en blanco cuando, para una categoría no se elige a ninguna lista de candidatos. Tanto los votos positivos como los blancos son válidos siempre que sean emitidos correctamente.
Un sufragio es anulado cuando fue emitido con boleta no oficializada; cuando fue emitido con una boleta rota o deteriorada de un modo que no permite identificar de qué fuerza es y/o a qué categoría de cargo pertenece; cuando el sobre contiene un objeto de cualquier tipo; y cuando hay dos listas de diferentes partidos para un mismo cargo.
Un voto es recurrido cuando su validez es cuestionada por uno o más fiscales, quienes deben fundar por escrito la objeción. Ese sufragio será luego evaluado en el escrutinio definitivo.
Se impugna un voto cuando el presidente de mesa o los fiscales consideran que el votante falseó su identidad, es decir, no es el titular del DNI que presenta. La impugnación debe ser registrada antes de la emisión del sufragio. (DIB)
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