El jueves próximo
Vence el Impuesto a las Ganancias Los trabajadores en relación de dependencia, cuyas ganancias brutas anuales de 2010, sean iguales o superiores a $ 96.000, deberán presentar hasta el 30 de junio –con carácter de declaración jurada– el detalle de sus bienes al 31 de diciembre de 2010, valuados conforme el impuesto sobre los Bienes Personales, acorde a lo establecido por la Resolución General (AFIP) N° 2437/2008....
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Para ello deberán utilizar el programa aplicativo denominado "Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales - Versión 12.2 ", que se puede descargar gratuitamente de la página www.afip.gov.ar /aplicativos. Además, aquellos empleados que hayan obtenido ingresos iguales o superiores a $ 144.000, deberán también presentar hasta el 30 de junio de 2011, el total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas, entre otros, de acuerdo a lo dispuesto por el Impuesto a las Ganancias. Para esta última presentación se puede utilizar el citado programa aplicativo, u optar por presentar esta declaración jurada a través del servicio denominado " Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas", de acceso a través de la página de la AFIP, bajo Clave Fiscal. Estas declaraciones juradas tienen el carácter de informativas, excepto que de las mismas resulte saldo a pagar o a favor del contribuyente, o que el mismo se encuentre inscripto en los respectivos impuestos.
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