Los veterinarios actuarán en la comercialización de la vacuna antiaftosa, su aplicación en campañas sistemáticas y como agentes de vigilancia epidemiológica.
La Resolución 368/2011 fue firmada el 9 de junio por el titular del Senasa, Jorge Amaya, y se aguarda su próxima publicación en el Boletín Oficial para que entre en vigencia.
Establece que los veterinarios de la actividad privada podrán comercializar la vacuna si cumplen con distintos requisitos.
Deberán ser propietarios o directores técnicos de una casa de venta de productos veterinarios ubicada en la jurisdicción del Plan, pertenecer al Circulo Veterinario entidad similar de la jurisdicción del Plan o, en ausencia de entidad, acreditar domicilio en la jurisdicción.
La Resolución incorpora a los veterinarios privados como vacunadores sin relación de dependencia con el ente sanitario local, siempre que cumplan con los requisitos y obligaciones.
El costo de los honorarios profesionales por vacunación y movilidad deberán convenirlo en forma privada con el productor. (DIB)
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