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12/05/2011
INFORMACON GENERAL

Cobran plus por cigarrillos y cargas virtuales de celulares


La actitud tomada por quiénes aplican esta medida de cobro extra generó el fuerte reclamo en entidades de consumidores y autoridades municipales y, pese a las amenazas de aplicar altas multas, los comerciantes seguirán adelante con la iniciativa que continúa extendiéndose a ciudades del interior....


Mientras que la Asociación Consumidores Argentinos (A- CA) y la Asociación de Defensa de los Consumidores y Usuarios de la Argentina (Adecua) hicieron presentaciones ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de Mar del Plata, desde el Municipio de esa ciudad advirtieron que el cobro de un extra en estos dos productos puede llevar a sanciones que van de los 500 a los 500 mil pesos. Sin embargo, los kiosqueros desestimaron esto y lo consideraron solo un "apriete".


Al respecto, el titular de la Cámara de Kiosqueros de Mar del Plata, Carlos Si- monelli, explicó que seguirán adelante con el cobro del plus porque no infringen ninguna ley. "Vamos a continuar con la misma postura. El producto tiene un precio sugerido de venta, pero no hay ninguna ley que nos prohíba cobrar un plus", aseguró el dirigente.


La medida que sugiere un cobro de un 15 por ciento al valor del atado de cigarrillo y un peso por cada recarga virtual (independientemente del monto), ya se aplica en muchos kioscos de Mar del Plata, Balcarce, La Plata, Ne- cochea, Miramar, Villa Gesell y el conurbano, mientras que se estudia en ciudades como Tandil, Partido de la Costa y 9 de Julio.


"Los abogados consultados nos aseguran que no violamos ninguna norma. Por eso le pedimos al comerciante que no se deje amedrentar", explicó Simonelli, y destacó que "esperamos que el caso se judicialice porque seguramente tendremos la razón".


Sin embargo, la legalidad del plus no está clara. Tanto para la Dirección General de Defensa del Consumidor de General Pueyrredón, como para Adecua y la Unión de Kiosqueros de la Republica Argentina, la medida es ilegal. Aducen que la normativa incorporada a la ley nacional 24.674, del año 1996, prohíbe que los precios de venta al público de los cigarrillos publicados por las empresas sean alterados en las etapas de comercialización subsiguientes. Algo que si pasa en lugares como casinos y bares.


La justificación de los kiosqueros se basa en la escasa ganancia que dejan estos dos productos. Tras las retenciones impositivas, cada atado deja un margen del 3 por ciento, mientras que la carga virtual un 4 por ciento. Y, según estimaciones del sector, alrededor del 70 por ciento de los ingresos dependen de los cigarrillos y las tarjetas telefónicas.




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