La causa comenzó cuando Cargill se presentó ante la Justicia a través de un recurso de amparo para solicitar una autorización definitiva para poder exportar.
En primera instancia, la Justicia avaló a Cargill y señaló que podía operar desde su puerto hasta el 20 de abril. Sin embargo, la Aduana apeló la medida ante la Cámara, argumentando que era necesario culminar con el trámite de las habilitaciones – por tratarse de una zona primaria aduanera, conforme lo establece la normativa aplicable en estos casos - para que la empresa pueda exportar sus productos, como cereales, oleaginosas, aceites y subproductos de la molienda de oleaginosas.
Este fallo de la justicia reafirma la posición de la Aduana y consecuentemente la firma deberá contar con la habilitación aduanera de sus instalaciones portuarias para poder exportar.
El puerto de Cargill mueve aproximadamente 200 buques por año con un volumen de mercaderías exportadas de alrededor de cuatro millones de toneladas.
Las instalaciones de la firma cuentan con una planta para la producción de aceite vegetal y acondicionamiento de subproductos que son embarcados con destino al exterior mediante el empleo de la terminal portuaria.
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