Se trata de una iniciativa impulsada por el diputado provincial Rodolfo Arata (La Concertación), en que cual se establece además que las suspensiones alcanzarán a las "las Asociaciones Civiles sin fines de lucro de carácter deportivo y/o social y/o cultural, deberán acreditar que no tienen deportistas profesionales contratados y/o rentados y que cuentan con una antigüedad de diez años de existencia al momento de la promulgación de la presente Ley".
Asimismo, la normativa determina que las suspensiones no podrán oponerse a la ejecución de sentencias dictadas en juicios laborales originados por despidos directos de los empleadores, sin causa que los justifique y/o aquellas sentencias que fueran consecuencia de acciones por relaciones laborales no registradas.
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