El proyecto, elaborado por el Ejecutivo y remitido hoy a la Legislatura, prevé la incorporación de un capítulo específico en la Ley de Tránsito Provincial -Nº 13.927-, que es la norma que regula la circulación de vehículos llamados “fuera de ruta”, entre los que se encuentran los cuatriciclos, triciclos y vehículos cuatro por cuatro.
El proyecto de ley prohíbe circular con triciclos motorizados y cuatriciclos en rutas, autopistas, semiautopistas y autovías de jurisdicción provincial o nacional que se encuentren dentro del territorio de la Provincia.
Se establece que estos motovehículos sólo puedan circular -a menos de 40 km por hora- en caminos rurales y zonas geográficas habilitadas por los municipios, “debiendo ser trasladados en tráiler hasta dichos lugares”. Estarán exceptuados aquellos que participen de actividades deportivas y cuenten con autorización expresa de la autoridad competente.
Fuera de las rutas provinciales, los cuatriciclos tendrán una limitación en la circulación que será determinada por los Municipios –de acuerdo a la facultad que le otorgaría este nuevo capítulo de la ley de tránsito- estableciendo las zonas habilitadas, y de acuerdo a su estructura geográfica, podrán habilitar ciertas zonas de circulación, como pueden ser, las riberas de los ríos y del mar.
La letra propuesta por el Ejecutivo Provincial, determina que en áreas naturales protegidas no podrán circular en caravana de más de 4 vehículos de este porte, ni la circulación a la par de más de dos, ni estará permitida la concentración de más de 15 cuatriciclos sin autorización previa de la autoridad competente. Al respecto el Subsecretario de Gabinete, Juan Pablo Alvarez Echagüe, indicó que “es de público conocimiento el crecimiento de estos vehículos que circulan en muchas ciudades, fundamentalmente en las turísticas, y la gravedad que ello genera a causa de la circulación de los mismos en áreas de gran afluencia de personas, con los consecuentes problemas de ruido y contaminación ambiental que acarrean, de la conducción imprudente, de la falta de documentación y del incumplimiento de las medidas de seguridad correspondientes” y agregó: “esta situación sin lugar a dudas implica un peligro para los propios conductores, acompañantes y terceros”.
Según establece la iniciativa oficial, estos vehículos deberán cumplir los sistemas y condiciones de seguridad, iluminación, documentación y otros requerimientos exigidos en las normas de transito vigentes para los vehículos automotores, solo así podrán circular. Asimismo, sus conductores y acompañantes deberán cumplir las exigencias normativas impuestas (DIB)
|