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18/03/2011
CULTURA/MEDIOS

Cayó la fusión entre Cablevisión y Multicanal


La Corte rechazó el recurso presentado por el grupo Clarín y Multicanal en el marco del expediente que discute la fusión de ambas firmas. Así, se revocó la medida cautelar que beneficiaba a las empresas....


(GEI)-La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) rechazó el recurso presentado por Multicanal contra la resolución 577/2009 del ex Comfer. Esta última, denegaba la aprobación requerida por la empresa Cablevisión de fusión con Multicanal y otras licencias. Al mismo tiempo, refutó el pedido del Grupo Clarín de contar con Inmunidad Jurídica en la fusión Multicanal-Cablevisión.


De este modo, se ratificaron las atribuciones de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia en dicho proceso
La resolución de la Corte señala que "el Grupo Clarin S.A. y Multicanal S.A. iniciaron una acción declarativa de certeza, la cual tiene como objetivo "hacer cesar un estado de incertidumbre sobre la existencia, alcance o modalidades de una relación jurídica, siempre que esa falta de certeza pudiera producir un perjuicio o lesión actual al actor y éste no dispusiera de otro medio legal para ponerle término inmediatamente." (Art. 322 CPCyCN).


Cabe señalar, que dicha acción tenía como origen dichos del Partido Movimiento Popular para la Reconquista (MPR) los cuales habían intimado a las empresas bajo apercibimiento de iniciar acciones legales por afectar el derecho a la información y a la libertad de prensa.


La Cámara Contencioso Administrativa Federal "dispuso que se continuara con la tramitación necesaria para perfeccionar la adquisición del paquete accionario de cablevisión S.A…., en tanto no fuera prohibida, objetada o cuestionada por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, la que debería asumir su intervención prejudicial que le correspondiera… ".


La Corte entendió que la mera afirmación del MPR, de recurrir a las vías judiciales o administrativas para hacer valer un reclamo que considerará legítimo, no constituye una amenaza que, pueda afectar en grado suficientemente concreto el derecho de los actores a realizar la operación de concentración económica.


De acuerdo a lo expuesto, lo que la CSJN expresa es que el Poder Judicial no puede reemplazar a la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia en lo que de conformidad con la ley, le son competencias propias. En este caso se trata de establecer si la fusión entre las empresas Multicanal y Cablevisión viola alguna de las normas custodiadas por dicha comisión.



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