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10/03/2011
Dos ciudadanos bolivianos aprehendidos

Allanamiento en 47 y 21 por presunto abuso sexual


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El procedimiento fue efectuado por la Policía Comunal y la DDI de Colón. Aprehendieron a dos ciudadanos bolivianos....


El fin de semana la Policía Comunal y la DDI de Colón por orden de la Fiscalia Descentralizada a cargo del Fiscal Julio Gracia y donde también intervino el Fiscal General Mario Gómez, realizó un allanamiento en un local comercial dedicado a la venta de prendas de vestir ubicado en calle 47 y 21.


Según los trascendidos de máxima confiabilidad la denuncia fue realizada por una mujer en la Comisaría local. La historia es increíble para que suceda en pleno centro de nuestra ciudad y en la esquina emblemática.


Historia


Una mujer colonense fue a comprar prendas de vestir. En el comercio es atendida por una menor de 15 años, que le confiesa que los dos hombres que quedaron a cargo del negocio la habían violado. La mujer con gran responsabilidad civil se dirige a la Comisaría y presenta la denuncia.


Rápidamente se dio intervención al Fiscal Gracia que ordenó el allanamiento. En el lugar los agentes policiales registraron el sitio de los dormitorios (parte de arriba del comercio) y se secuestraron ropas, y otras pruebas que pudieran indicar que el abuso existió.


La Fiscalía de Colón con los elementos reunidos ordenó la detención de dos ciudadanos de origen boliviano. Los mismos serían los señalados por la víctima.


Edad media


Según una fuente, las tres jóvenes que trabajaban en el comercio de calle 47 y 21, fueron traídas por su madre desde Bolivia y dejadas a cargo de la propietaria del lugar para que trabajen.
La dueña el último fin de semana se trasladó a la ciudad de Salto, para ver los Carnavales y dejó a cargo del negocio a sus dos hijos. Estos aprovecharon la ocasión y habrían violado a la menor de 15 años en la parte de arriba del comercio.


Intervino Presidencia de la Nación


El Fiscal General de Pergamino Mario Gómez rápidamente se comunicó con la Oficina de Rescate y Acompañamiento a Personas Damnificadas por el Delito de Trata de Personas. En pocas horas estuvieron en nuestra ciudad los funcionarios que contuvieron a las tres jóvenes bolivianas y las llevaron a un albergue con dirección secreta en la Capital Federal. La situación es difícil. Las chicas no tienen familiares y su madre las dejó y viajo a Bolivia nuevamente dejándolas libradas a su suerte.


Un organismo contra trata de personas


La Oficina de Rescate y Acompañamiento a Personas Damnificadas por el Delito de Trata de Personas reciben las denuncias las 24 horas los 365 días del año
Los denunciantes pueden llamar al (011) 5300-4014 o al 5300-4042
También, pueden enviar un correo electrónico a:
oficinarescate@jus.gov.ar
Psicólogos, trabajadores sociales y abogados acompañan a las víctimas desde el rescate o su escape del lugar de explotación.


Es la captación, el traslado - dentro o fuera del país -, o la recepción con fines de explotación, cuando mediare engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier medio de intimidación, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima.


Trata de Menores


Es un delito aun cuando no mediare engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier medio de intimidación o coerción, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, coerción o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima.
A qué se denomina "Explotación"


"Reducir o mantener a una persona en condición de esclavitud o servidumbre o someterla a prácticas análogas;-
"Obligar a una persona a realizar trabajos o servicios forzados;
"Promover, facilitar, desarrollar u obtener provecho de cualquier forma de comercio sexual;
"Practicar extracción ilícita de órganos o tejidos humanos.


No punibilidad


Las víctimas no son punibles por la comisión de cualquier delito que sea el resultado directo de haber sido objeto de trata. Tampoco les serán aplicables las sanciones o impedimentos establecidos en la legislación migratoria cuando las infracciones sean consecuencia de la actividad desplegada durante la comisión del ilícito que las damnificara.


Trata de blancas Que es abuso sexual


El abuso sexual es definido como cualquier actividad sexual entre dos o más personas sin consentimiento de una persona, puede producirse entre adultos, de un adulto a un menor -abuso sexual a menores y abuso sexual infantil- o incluso entre menores.
Como actividad sexual se incluye:


"Cualquier tipo de penetración de órganos genitales en contra de la voluntad, o aprovechando la incapacidad de un menor para comprender ciertos actos. También se incluye el inducir u obligar a tocar los órganos genitales del abusador.


"Cualquier acción que incite al menor a presenciar contenido sexual impropio (observar al adulto desnudo o mientras mantiene relaciones sexuales con otras personas, ver material pornográfico o asistir a conversaciones de contenido sexual, por ejemplo).


Tipos de abuso sexual son la violación, que es considerada delito sin importar el sexo de la víctima, y el estupro. En el caso de abuso sexual infantil, los fenómenos que se desencadenan tienen que ver con trastornos en el desarrollo psicosexual


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