La suspensión, que se efectivizará mañana a partir de su publicación en el Boletín Oficial, es el paso previo a la expulsión.
El Registro de Operadores de Granos resulta un pilar esencial para el control de la evasión por parte de esta Administración. El mismo posibilita contar con un universo acotado y verificado de los integrantes de la cadena de comercialización de granos, posibilitando la pérdida de beneficios de alícuotas diferenciales de retenciones a aquellos operadores que denoten una incorrecta conducta fiscal, tal como los casos señalados.
Las cerealeras deberán regularizar su situación ante el fisco. En caso de no hacerlo, serán excluidas del Registro de Operadores de Granos.
En caso de ser excluidas, estas empresas, por las ventas de granos que realicen en el mercado interno no tendrán más una retención del Impuesto a las Ganancias del sólo el 2%, sino que se retendrá el 15% y en el IVA el 10,5 %. Asimismo, se les limitará la cantidad de Cartas de Porte autorizadas por parte de AFIP
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